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Redacción

Miércoles, 17 de octubre de 2012.

Concede el amparo al considerar que durante el proceso penal al que estuvo sujeto fue víctima de diversas violaciones constitucionales

CIUDAD DE MÉXICO (17/OCT/2012).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparó liso y llano al indígena mazahua Hugo Sánchez Ramírez, sentenciado por secuestro, al considerar que durante el proceso penal al que estuvo sujeto fue víctima de diversas violaciones constitucionales.El órgano judicial advirtió que se cometieron violaciones a la legalidad, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la defensa adecuada, lo que se determinó en la resolución del amparo directo 4/2012 que fue atraído por la SCJN.
 
Estas violaciones, señalaron los ministros del máximo tribunal, se ejemplifican en la obtención ilícita de material probatorio, como las placas fotográficas a partir de las cuales se verificó la identificación del quejoso. Por lo anterior, los ministros le concedieron el amparo liso y llano, a fin de que sea puesto en inmediata libertad, siempre y cuando no esté sujeto a otra causa.
 
Según el expediente, Sánchez Ramírez fue considerado penalmente responsable por la comisión del delito de secuestro, pero inconforme con dicha determinación promovió amparo directo, del cual pidió que la SCJN ejerciera su facultad de atracción.Al conceder el amparo, la Primera Sala estimó que no existe justificación alguna para que la responsabilidad penal de una persona se encuentre sustentada en pruebas insuficientes adquiridas de manera contraria a derecho, porque de esa forma se vulneran los derechos fundamentales que tiene todo inculpado en un procedimiento de ese tipo.
 
En esas condiciones, los ministros señalaron que la obtención de la prueba ilícita vició todo el procedimiento, porque su presencia objetiva y sus consecuencias condujeron indebidamente a tener por acreditada la plena responsabilidad penal del quejoso en la comisión del delito de secuestro.En este caso se determinó que existe insuficiencia de pruebas de cargo, cuando ello debe ser resultado de material probatorio obtenido de manera legal, que tenga la virtud de vencer de manera contundente el principio de presunción de inocencia a que se ha hecho referencia con anterioridad.
 
Hugo Sánchez Ramírez fue sentenciado en el Estado de México a cinco años por portación de armas, y a 37 años y seis meses por secuestro, a pesar de que las víctimas que lo identificaron como su plagiario después se retractaron.Sin embargo, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) emitió una resolución en la que confirmó la manipulación en los procesos contra el indígena, y por ello exhortó al Estado mexicano a su inmediata liberación.