milenio_logo

Periódico: Milenio

Reportera: Eugenia Jiménez

Martes, 09 de octubre de 2012

 

 

Organizaciones civiles y la Universidad Iberoamericana presentaron un Amicus Curiae para ejemplificar las fallas estructurales en el sistema de justicia en contra de personas de origen indígena. 

Ciudad de México • La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el caso de Hugo Sánchez Ramírez, un joven mazahua preso por “haber sido acusado injustamente de secuestro y portación ilegal de armas”.

Organizaciones civiles y la Universidad Iberoamericana presentaron un Amicus Curiae para ejemplificar las fallas estructurales en el sistema de justicia en contra de las personas y comunidades de origen indígena, y en condiciones socioeconómicas de vulnerabilidad.

Las organizaciones internacionales que presentaron estos argumentos ante la SCJN son la Fundación para el Debido Proceso Legal, la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de Seattle, el Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales, el Grupo Internacional de Abogados de Derechos Humanos, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, así como los doctores José Luis Caballero, Mario Cruz Martínez, José Antonio Ibañez y la maestra Sandra Salcedo, todos ellos integrantes de la Universidad Iberoamericana.

La intención al presentar estos elementos, es aportar a los ministros y a la ministra, enfoques jurídicos relevantes sobre las irregularidades judiciales en dicho caso.

El primer amicus curiae, es el de la Fundación para el Debido Proceso Legal y la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de Seattle, en el cual se argumenta que el criterio de actitud sospechosa bajo el cual fue detenido Hugo es inconstitucional e inconvencional (es decir, violatorio de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), ya que detener a una persona bajo el vago criterio de que tenga una “actitud sospechosa”, además de ser arbitrario, se presta especialmente a ser aplicado a las personas pertenecientes a sectores marginados de la población, tales como las personas indígenas.

Asimismo, en términos procesales, hace énfasis en “las consecuencias que una detención ilegal y arbitraria tiene en otras garantías judiciales, así como la necesidad de nulificar los actos procesales que se realizan en violación a las mismas (regla de la exclusión)”, es decir, cualquier supuesta prueba derivada de una detención arbitraria e ilegal, no puede tener valor probatorio en el proceso.

El segundo de los amicus curiae, elaborado por el Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales y el Grupo Internacional de Abogados de Derechos Humanos sostiene que las fotografías mediante las cuales se realizó el supuesto reconocimiento de Hugo como delincuente “no cumple con los estándares mínimos respecto a dichas pruebas como elementos probatorios en un proceso judicial, porque son fotografías obtenidas ilícitamente y utilizadas para inducir una identificación falsa.

El documento hace énfasis sobre que en este caso “no se llevó a cabo un procedimiento de identificación adecuado. No existieron salvaguardias apropiadas para preservar la integridad de la identificación… no incluían fotografías de control”.

Y recuerda que en “las primeras declaraciones de los testigos señalaron que no eran capaces de identificar al culpable”.

José Luis Caballero, Mario Cruz Martínez, José Antonio Ibañez y Sandra Salcedo, todos de la Universidad Iberoamericana, explicaron en el amicus que el caso de Hugo presenta irregularidades relacionadas a diversos elementos de los derechos a la libertad personal y el derecho a un juicio justo.