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Reportero: Carlos Huerta
Jueves, 27 de seoptiembre de 2012
Finalmente tres días después, el juez Juárez Castro determinó que Arzate Meléndez fuera trasladado a su domicilio particular en la colonia Roma Poniente

Israel Arzate Meléndez fue arraigado anoche en su domicilio particular al acatar el juez de Garantía, Apolinar Juárez Castro, el amparo que le concedió el juez Noveno de Distrito, Carlos Carmona Gracia, para que fuera liberado de la Academia Estatal de Policía.
En evidente desacato de la Fiscalía de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para darle cumplimiento a la disposición del juez de Distrito, finalmente tres días después, el juez Juárez Castro determinó que Arzate Meléndez fuera trasladado a su domicilio particular en la colonia Roma Poniente.
El juez Noveno de Distrito, Carlos Carmona Gracia, en oficio enviado el 24 de septiembre del año en curso a la supervisora regional de la Fiscalía de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, Diana Edith Torres, le ordena darle cabal cumplimiento sin excusa ni pretexto a la ejecutoria de amparo.
En esta resolución, el juez de Distrito le dice que de inmediato cumpla con la ejecutoria de amparo, que se traduce en el hecho de ordenar que cese el acto privativo de la libertad del cual es objeto Israel Arzate Meléndez.
Lo anterior bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento en el plazo señalado se procederá en los términos de los dispuestos en el Artículo 105 de la propia legislación invocada, es decir, se continuará con el procedimiento indicado hasta remitir los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de lo previsto en el cardinal 107, Fracción XVI constitucional para efectos de la separación del cargo, dijo el juez de Distrito, Carlos Carmona.
Por su parte el juez de Garantía, Apolinar Juárez Castro, admitió que se cometió una violación a la sentencia de amparo del juez de Distrito, por lo que dejó sin materia la audiencia celebrada el pasado martes y “es por ello que se acata de manera inmediata la orden del alto tribunal”.
Aunque dijo que el juez de Distrito no desconoce la vulnerabilidad de ese domicilio y existe un riesgo ante la falta de seguridad para el imputado y de los guardias que lo custodiarán.
“Se ordena inmediatamente que al término de esta audiencia, Israel Arzate Meléndez sea trasladado a su domicilio particular”, expresó el juez Juárez Castro.
Por otra parte, el fiscal de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, Eduardo Guerrero Durán, quien estuvo presente en todo momento en las audiencias celebradas ayer y antier, dijo que en ningún momento hubo un desacato a la orden de juez de Distrito de liberar a Arzate Meléndez de la Academia Estatal de Policía y fuera arraigado en su domicilio.
“No es un revés, no hemos desatendido una orden judicial, les estuvimos informando a los jueces cuál ha sido nuestro proceder”, expresó Guerrero Durán.
Dijo que a pesar de que el domicilio de Israel Arzate no cuenta con las medidas de seguridad se tendrá que acatar la orden del juez federal.
Anoche mismo, el fiscal Guerrero Durán ordenó que Israel Arzate fuera trasladado a su domicilio particular bajo una estricta vigilancia por parte de elementos de la Policía procesal.
Antes, dijo el fiscal, ‘“le vamos a realizar un examen médico para saber que salió bien de aquí y revisaremos su casa para retirar todos aquellos utensilios prohibidos por la ley, como son cuchillos”.
Dijo que Arzate Meléndez se tendrá que sujetar a las normas que rigen un arraigo como no contar con teléfono, tener ciertos horarios de visita, quienes serán sujetos a revisión corporal.
“Tenemos que hacer una modificación a nuestras leyes para que opere correctamente un Centro de Arraigos”, expresó el fiscal Guerrero Durán en respuesta a una pregunta sobre la ilegalidad del Centro de Arraigos instalado en la Academia Estatal de Policía.
En su momento, el juez de Distrito, Carlos Carmona Gracia, en su resolución de amparo 61/2012-III con fecha 12 de abril del 2012, promovido por Israel Arzate Meléndez expone con claridad la ilegalidad de este Centro de Arraigos.
“Lo que se sustenta en ese tenor, ya que si por prisión se considera el establecimiento destinado por el Estado para la extinción de la pena consistente en privación de la libertad corporal es evidente que construir el edificio en cita –conocido como la Academia- la medida cautelar de arraigo impuesto al quejoso (Israel Arzate) implica prácticamente ubicar al arraigado en condiciones de privación de libertad, similares que en un Centro de Reinserción Social”, dijo el juez Carmona Gracia.
Si bien dicho edificio no constituye propiamente una prisión, al no estar destinado, ni tiene como finalidad el ingreso de personas imputadas por un delito, ello no quita que al imponerse ahí el arraigo, se desvirtúe dicha figura, ya que de facto la tornaría en una privación de la libertad, dijo.
Por su parte, el abogado Simón Alejandro Hernández León, defensor de Israel Arzate, dijo que si el día 6 de febrero del 2011, la juez de Garantía, Carmen Leticia Prieto Ruiz, hubiera actuado conforme a la ley, esto no hubiera sucedido.
Se tuvo por demostrado que en el caso de Israel Arzate Meléndez, este Centro de Arraigos creado por la Fiscalía General del Estado, es ilegal e inconstitucional y donde permanecen decenas de detenidos bajo un régimen carcelario.
“Es evidente que las autoridades cayeron en un desacato a la autoridad federal al no liberar a Israel Arzate de la Academia Estatal de Policía”, expresó Hernández León.
Israel Arzate es el quinto acusado por la masacre de Villas de Salvárcar y ha permanecido arraigado en el edificio de la Academia desde el 6 de febrero del 2011.