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 Periódico: La Jornada de Oriente

Reportero : Martín Hernández Alcántara

Viernes, 30 de marzo de 2012

José Ramón Aniceto y Pascual Agustín,
autoridades nahuas de la comunidad de Atla, fueron
nombrados oficialmente por Amnistía Internacional
como presos de conciencia, según dio a conocer
dicho organismo

Ayer José Ramón Aniceto y Pascual Agustín, autoridades nahuas de la comunidad de Atla, municipio de Pahuatlán, Puebla, fueron nombrados oficialmente por Amnistía Internacional (AI) como presos de conciencia, según dio a conocer el organismo.

“Estos dos defensores comunitarios del agua están presos en el penal de Huauchinango, sentenciados a más de seis años de prisión por un delito que les fue inventado”, señaló ayer la Universidad Iberoamericana Puebla (Ibero) en un comunicado en el que agregó que José Ramón Aniceto y Pascual Agustín defendían el derecho al acceso al agua para toda su comunidad y se oponían al control de ese recurso por un grupo caciquil.

Después de una extensiva documentación, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y el Instituto Ignacio Ellacuría de la Universidad Iberoamericana, Puebla, asumieron el caso en la última instancia e interpusieron un amparo directo, último recurso jurídico para lograr su liberación.

“Actualmente el Poder Judicial de la Federación tiene en sus manos la oportunidad histórica de determinar la inocencia de José Ramón y Pascual, al comprobar las irregularidades y faltas al debido proceso en las que incurrieron tanto la autoridad investigadora como las judiciales”, agregó la Ibero.

Amnistía Internacional considera presos de conciencia a todas las personas encarceladas o sometidas a restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o por otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia.

La organización designa presos de conciencia en todo el mundo; en México lo han sido personas como Jacinta Francisco Marcial, Alberta Alcántara y Teresa González y Raúl Hernández.

En 2008 José Ramón Aniceto y Pascual Agustín fueron electos como presidente auxiliar y juez menor de paz en Atla, una comunidad en Atla en Pahuatlán, donde lograron hacer efectivo el acceso al agua potable para todas las familias que integran la comunidad, mediante la repartición gratuita de tomas de agua, revirtiendo de esta manera el abuso físico y económico al que había sido sujeta la población por parte de las personas que controlaban el proyecto hídrico de la zona, encabezadas por Cristóbal Aparicio.

De acuerdo con el expediente de los dos indígenas, el 22 de octubre de 2009 Abraham Aparicio –hijo de Cristóbal Aparicio– intentó atropellar a José Ramón Aniceto y Pascual Agustín, junto a un grupo de jornaleros que terminaban de realizar sus labores en el campo; sin embargo, al no culminar su objetivo, Aparicio se dio a la fuga abandonando su camioneta en el lugar de los hechos, la cual fue trasladada a la comandancia del Atla. 

Cinco días más tarde, los dos indígenas y Abraham Aparicio firmaron un convenio donde el agresor se comprometió a pagar 3 mil 500 pesos a favor de la comunidad por las agresiones hacia José Ramón y Pascual y declinarse a proceder penalmente contra ellos.

Sin embargo, en noviembre de 2009 el padre del agresor, Cristóbal Aparicio, denunció a los dos indígenas por el supuesto robo de su vehículo, ocurrido el 27 de octubre de 2009, por lo que el agente del Ministerio Público consigna la averiguación previa 71/ 2009/ ERVT/HUAU, para más tarde ordenar la aprehensión de los dos acusados.

Actualmente, José Ramón Aniceto y Pascual Agustín están recluidos en el penal de Huauchinango purgando una sentencia de seis años 10 meses y 20 días, la cual fue modificada por la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia, cuya instancia ratificó la sentencia.

Araceli Olivos Portugal y Andrés Díaz Fernández, representantes legales de los indígenas, acusaron que los dos indígenas fueron detenidos y condenados a seis años con 10 meses por la presunta responsabilidad en el delito de robo de vehículo calificado, lo cual nunca sucedió.

De acuerdo con los representantes legales, “las irregularidades en las que incurrieron el juez de primera instancia y los magistrados, iniciaron con el incumplimiento de facilitar un intérprete oficial que les permita comprender en su lengua la naturaleza del juicio, además de las contradicciones severas que existen en las demandas”, las cuales han sido consideradas como “datos accidentales” por los jueces.