Luis Arriaga Valenzuela
Rodolfo y Teodoro, detenidos en mayo de 1999, fueron retenidos y torturados por militares que obtuvieron de ellos confesiones autoinculpatorias por delitos fabricados. El objetivo de la detención era claro: apalear a la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán y Coyuca de Catalán por su resistencia exitosa a la tala de los bosques. Durante un proceso irregular fueron numerosas las voces que se sumaron a su defensa y se solidarizaron con ellos.
El 7 de noviembre de 2001 el ejecutivo federal ordenó su liberación por razones humanitarias pero no reconoció la inocencia de ambos ni la existencia de violaciones a sus derechos humanos. El 25 de octubre de 2001, días antes de su liberación, por considerar que en México no existían los recursos idóneos y efectivos para lograr la investigación de la tortura y el acceso a la justicia, el caso fue presentado por la defensa, el Centro Prodh, y otras organizaciones a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La denuncia se basó en que hubo violación a diversos derechos humanos consagrados en la Convención Americana, entre otros:
- Violación al derecho a la libertad personal (artículo 7), pues fueron detenidos arbitrariamente, se les mantuvo incomunicados, no fueron puestos, sin demora, a disposición de una autoridad competente (fueron retenidos por varios días en instalaciones militares) y no se realizó un control judicial efectivo de la legalidad de la detención.
- Violación al derecho a la integridad personal (artículo 5), fueron torturados por agentes estatales, la tortura no fue investigada de manera seria e imparcial por las autoridades competentes y las violaciones cometidas contra los ecologistas, debido a la impunidad que rige en el caso, han ocasionado sufrimiento grave tanto a ellos como a sus familiares.
- Violación a las garantías de debido proceso y protección judicial (artículos 8 y 25). No se investigó de manera adecuada las violaciones cometidas contra las víctimas; el Estado no proporcionó ningún recurso interno que permitiera impugnar la indebida extensión del fuero militar sobre la investigación de dichas violaciones; no se respetó la presunción de inocencia; y se otorgó valor probatorio a confesiones obtenidas sin control judicial y mediante actos de tortura.
- Violación al derecho a la libertad de asociación. Rodolfo y Teodoro, los campesinos de la OCESP, y todas las personas tienen derecho a formar organizaciones y trabajar colectivamente para defender los derechos humanos y los bienes naturales. Actos estatales que impiden que las personas realicen los fines que buscan violentan el derecho a la libertad de asociación. En este caso se trató de una represalia a la participación organizada y exitosa de la OCESP.
El 27 de febrero de 2004 la Comisión admitió el caso. El 23 de octubre de 2006 Rodolfo Montiel rindió testimonio ante ésta. La misma Comisión, el 30 de octubre de 2008 aprobó su Informe de Fondo sobre el caso: declaró culpable al Estado mexicano por violaciones a los derechos humanos y formuló recomendaciones para la reparación de éstas. Sin embargo, ante la falta reiterada de cumplimiento por parte de México, la Comisión decidió someter el caso ante la Corte Interamericana de 24 de junio de 2009.
Dentro de este proceso tendrá lugar la audiencia del 26 y 27 de agosto del presente año. Estarán presentes todas las partes y a partir de ahí la Corte tendrá los elementos necesarios para pronunciarse en torno a la responsabilidad del Estado mexicano y las medidas que deberá adoptar. No se trata ya de recomendaciones sino de una sentencia cuyo carácter es vinculante.
El 26 de agosto, a partir de las cuatro de la tarde (tiempo de México), Rodolfo Montiel rendirá testimonio sobre su labor como defensor de los bosques, así como sobre la detención arbitraria y los actos de tortura cometidos por los militares. Explicará el proceso irregular seguido en su contra y los daños sufridos (las secuelas de la tortura y el exilio que lo mantiene alejado de su familia, su tierra, sus bosques). Solicitará, en su demanda contra el Estado mexicano, las medidas necesarias para la reparación del daño y el acceso a la justicia. La Corte podrá formular preguntas al señor Montiel para abundar sobre los elementos vinculados a la violación de sus derechos humanos.
Posteriormente tres peritos expresarán sus opiniones sobre aspectos relevantes para una adecuada comprensión de lo acontecido: el doctor Christian Tramsen, médico danés que realizó un examen médico a los ecologistas durante su permanencia en la prisión, explicará los hallazgos de la revisión médica practicada y cómo estos demuestran la comisión de los actos de tortura referidos por las víctimas; el doctor Fernando Coronado Franco, experto en derecho penal y derechos humanos, presentará un análisis del sistema penal mexicano, detallará cómo el marco legal mexicano, al permitir que se dé valor probatorio a confesiones obtenidas sin control judicial incentiva la práctica de la tortura.
Tras la exposición de los peritos, los representantes de Montiel y Cabrera expondrán, en forma oral, sus argumentos. De estos he hablado ya al referirme a la denuncia presentada ante la Comisión Interamericana.
Presentarán también sus argumentos, en forma oral, la Comisión Interamericana y el Estado mexicano. Éste último alega que en el presente caso no se ha cometido violación alguna a los derechos humanos. Como ha acontecido en casos anteriores es de preverse que el Estado intentará minimizar los daños ocasionados o negará la comisión de los hechos. Al respecto conocemos ya la negativa a establecer controles civiles sobre el ejército, en otras palabras, se negará a reconocer que la indebida extensión del fuero militar para investigar los delitos cometidos por militares contra civiles -que constituyen violaciones de derechos humanos- es fuente de impunidad.
Con los elementos presentados durante la audiencia la Corte Interamericana estará en condiciones de emitir una sentencia favorable a la vigencia de los derechos humanos en el país. De su resolución dependerá que el Estado mexicano sea presionado para construir condiciones más justas y democráticas.
Pese a que han transcurrido más de diez años desde los hechos, la demanda de justicia continúa vigente. La defensa de los derechos humanos no se constriñe a la obtención de la libertad de las víctimas. En este sentido, el juzgamiento y sanción de los responsables de la tortura infringida a Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, el reconocimiento de inocencia, la reparación integral del daño y el reconocimiento público por parte del Estado mexicano de las violaciones cometidas son parte sustantiva de la lucha por la justicia.
Acudimos a la Corte Interamericana animados por el mismo sentir que anima a Ubalda, esposa de Rodolfo cuando afirma: “Espero que reconozcan la verdad de lo que hicieron. Es verdad lo que hicieron. Para mí eso sería algo de justicia, que el gobierno reconozca eso. Yo pienso que ni con dinero ni con nada nos pueden reparar los daños que nos hicieron, y más a Rodolfo y a Teodoro, porque ellos están ahorita muy mal. Que no nos vuelvan a molestar acá ni donde sea que estemos. Esperaríamos que podamos andar libremente. Que mis hijos puedan estar con su papá, que lo puedan ver, que podamos volver a estar juntos […] Rodolfo nos hace falta todavía porque todo el tiempo, desde que lo encerraron, pues no ha estado ya con mis hijos. Primero por la cárcel y después porque tuvo que irse por el hostigamiento.
Con esta misma intención esperamos de la Corte Interamericana un fallo favorable a las víctimas. De ello dependerá, y del cumplimiento estricto de la sentencia por el Estado mexicano, que en México tengamos condiciones favorables. Algo más que nunca necesario en las circunstancias actuales caracterizadas por omisiones graves, por el aliento que desde el gobierno se da a la impunidad y por la ausencia de un compromiso con los derechos humanos.