Ciudad de México, 19 de octubre de 2020. La historia de Mónica Esparza, mujer sobreviviente de tortura sexual, muestra los retos que enfrentan las víctimas de violaciones a derechos humanos para romper la cadena de injusticias en su contra, al mismo tiempo en que es una digna lección de cómo mantener la frente en alto para demostrar su inocencia y recuperar su vida.
El proceso que ha vivido Mónica es ejemplificador del patrón de detención arbitraria-tortura sexual-proceso penal injusto-privación de la libertad que se repite a lo largo del país contra las mujeres en el contexto de la llamada “Guerra contra el narcotráfico”, patrón documentado por el Centro Prodh a partir del impulso dado por las mujeres denunciantes de la tortura sexual en Atenco y de la creación de la campaña “Rompiendo el Silencio. Todas juntas contra la tortura sexual”:
Son tan claras las violaciones a sus derechos que el Grupo de Trabajo sobre detención arbitraria de la ONU las reconoció y se pronunció por su libertad -además de otros documentos de la CNDH y Amnistía Internacional en el mismo sentido.
Así, vale la pena hacer un resumen de su caso y de lo que el mencionado Grupo de Trabajo ha considerado y recomendado al respecto, pues no solamente podrá impactar en la vida de Mónica –que tiene pendiente una resolución judicial más que amenaza su libertad– sino que es una oportunidad de enderezar el camino en proceso similares que enfrentan muchas más víctimas de arbitrariedades a lo largo de todo el país.
En febrero de 2013, Mónica, su hermano y su esposo fueron detenidos arbitrariamente en Torreón, Coahuila, por elementos de la Policía Municipal. Además de la retención indebida en su contra, vivieron horas de tortura -en el caso de Mónica, de tortura sexual. Su esposo falleció a consecuencia de la brutalidad de las lesiones.
Posteriormente, Mónica permaneció 7 años en prisión preventiva oficiosa, es decir, encarcelada mientras se llevaba el juicio en su contra por un delito que nunca cometió. El caso despertó la solidaridad y empatía de diversos sectores y personalidades que siguieron con atención el curso del proceso, pronunciándose a favor de que se reconociera la inocencia de Mónica.
Finalmente, en marzo de este año, el Juez Primero de Distrito en La Laguna emitió una sentencia absolutoria en la que reconoció la inocencia de Mónica Esparza y ordenó su inmediata libertad, al determinar que no existían pruebas en su contra y que la acusación se sostuvo en pruebas ilícitas fabricadas a partir de tortura. Además, refirió que a Mónica y sus coprocesados les fueron violados sus derechos a la integridad personal, a la libertad personal, al debido proceso y el de presunción de inocencia.
Tras la acertada decisión del juez, Mónica pudo salir de prisión y regresar a casa con su familia y sus hijas con las que, por 7 años, convivió únicamente en contadas visitas a la cárcel. Para Mónica, el reconocimiento de su inocencia era el primer paso para revertir las injusticias en su contra. Sin embargo, la Fiscalía General de la República decidió apelar la sentencia absolutoria, solicitando a un Juez Unitario su revisión y manteniendo su acusación, es decir, manteniendo las pruebas que obtuvo mediante tortura y otras violaciones a derechos humanos.
Así, y contra opiniones de organismos internacionales y nacionales de derechos humanos, la espada de la injusticia volvió a pender sobre Mónica.
Sería importante que tanto el Magistrado que resolverá la apelación como la propia FGR conozcan y consideren lo que el grupo de expertos internacionales valoró y recomendó el caso de Mónica.
El Grupo de Trabajo sobre detención arbitraria de la ONU concluyó -en su Opinión Final del 25 de junio de 20201– que la detención de Mónica y su hermano Edgar fue arbitraria y contraria a los instrumentos internacionales de los que México forma parte.2
Para llegar a dicha conclusión, el Grupo explicó tres categorías en las que se basó para determinar la arbitrariedad de la detención contra Mónica, su hermano y su esposo:
a) Fueron detenidos sin fundamento jurídico al no contar con orden judicial ni llevarse a cabo en flagrancia; además, permanecieron en retención cerca de 14 horas de forma injustificada.
b) La tortura fue utilizada para fabricar pruebas en su contra, en un proceso que la mantuvo 7 años injustamente en prisión preventiva violando su derecho a un juicio justo.
c) La prisión preventiva, además, fue arbitraria por motivos discriminatorios, considerando que tiene un mayor impacto cuando se aplica de forma automática y particularmente contra personas con escasos recursos económicos.
Debido a lo anterior, el Grupo de Trabajo advirtió que Mónica deberá ser reparada por las violaciones de las que fue víctima, además de que éstas deben ser investigadas de forma completa e independiente (incluyendo la detención arbitraria, la tortura y la muerte de su esposo) y sancionadas adecuadamente.
Reconociendo que el caso de Mónica es una muestra de muchos más casos en los que la detención arbitraria ocurre de forma generalizada y que tiene una especial afectación para las personas de escasos recursos económicos que enfrentan dificultades para defenderse adecuadamente, el Grupo de Trabajo también señaló algunas medidas de carácter estructural para aplicarse en el país: deben reformarse los artículos 16 y 19 de la Constitución respecto al arraigo y la prisión preventiva oficiosa (recientemente aprobada su ampliación en la legislación secundaria, lo que al Grupo le parece preocupante), así como permitir a la brevedad posible que se lleve a cabo una visita del Grupo al país. De aceptarse y acatarse, estas medidas sin duda significarían una muestra de apertura internacional y de voluntad para tomar medidas que reviertan efectivamente la persistencia del mencionado patrón de detención arbitraria-tortura sexual-proceso penal injusto en el marco de las políticas de seguridad.
Sin embargo, el primer y concreto paso para revertir las injusticias que Mónica no ha dejado de padecer pasa por que el Primer Tribunal Unitario de Coahuila confirme la sentencia absolutoria dictada a su favor y así reitere un mensaje claro y contundente sobre la no tolerancia a las pruebas ilícitas obtenidas con la violación a derechos humanos.
*Publicado en Animal Político