Bajo la lupa, La edición de hoy — mayo 28, 2015 at 8:20 am

Vacíos legales en materia de tortura y desapariciones/ Santiago Corcuera Cabezut en El Universal

¡Ahí está el detalle!

Santiago Corcuera, miembro del Comité de la ONU Contra las Desapariciones Forzadas
Santiago Corcuera, miembro del Comité de la ONU Contra las Desapariciones Forzadas

El 27 de noviembre de 2014, el presidente Enrique Peña Nieto anunció diez acciones relacionadas con la impartición y procuración de justicia. Recordemos que dichas acciones derivaron de la indignación que provocó la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa La adopción de legislación en materia de tortura y desaparición forzada fue una de las acciones anunciadas.

En materia de tortura, México no cuenta con una correcta definición de la conducta delictiva. La única excepción, a mi parecer, es la correcta tipificación contenida en el Código Penal del DF. Ni la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, ni los ordenamientos de los estados, tienen una adecuada tipificación. La consecuencia, obviamente, es la impunidad que, más que generalizada, es prácticamente absoluta en esta materia. Por ella el relator contra la Tortura de la ONU, el internacionalmente reconocido y respetado Juan Méndez, recomendó a México «expedir una Ley General en la materia que tipifique la tortura en toda la República con arreglo al estándar más amplio de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura».

Por lo que se refiere a la desaparición forzada, la situación es aún peor. En el 2008, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló, en la sentencia del caso Rosendo Radilla, que la tipificación del delito de desaparición forzada contenida en el Código Penal Federal mexicano era deficiente, y ordenó que se corrigiera dicha situación. Muchas entidades de la República copiaron la mala definición de desaparición forzada contenida en el Código Penal federal. Pero lo peor es que algunas entidades de la República, como el Estado de México, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán, ni siquiera han tipificado este delito.

La trágica situación en la que está sumido México, que incluye la práctica extendida y recurrente de estas atroces conductas, hace necesario que el contenido de las leyes generales que habrán de expedirse, refleje los más altos estándares de protección. Claro que esto no es suficiente. Después se requerirá de voluntad política para que se apliquen cabalmente. (El Universal)