Bajo la lupa, La edición de hoy — abril 15, 2015 at 8:20 am

Arraigo, un fracaso insostenible/ Carlos de la Rosa en Animal Político

¡Ahí está el detalle!

Arraigo en México - Imagen de Nexos
Arraigo en México – Imagen de Nexos

La verdadera justificación del régimen de excepción mexicano y las licencias que éste otorga para las autoridades no es la existencia de organizaciones criminales para las cuales el derecho penal “ordinario” resulta insuficiente, sino la necesidad de encubrir las deficiencias institucionales en materia de investigación. En México el abandono de las instituciones de procuración de justicia ha implicado un rezago preocupante en relación con sus capacidades para realizar investigación científica y por ello figuras como el arraigo resultan tan útiles: permiten legalizar viejas prácticas en lugar de obligar a las instituciones a desarrollar capacidades que les permitan cumplir con los estándares internacionales en materia de protección a derechos humanos.

En un sistema de justicia con graves deficiencias, acostumbrado a delegar en la confesión la resolución de la mayoría de los casos –muchas de éstas, producto de la tortura-, las exigencias que implican realizar investigación respetuosa de los derechos humanos resultan inalcanzables. En este contexto, no sorprende el cambio –al menos en la práctica- de la posición de Murillo Karam una vez que se encontró al frente de la Procuraduría. Si el respeto de los derechos humanos es visto como un costo, el arraigo es el instrumento perfecto para reducirlo.

Si bien no podemos esperar que desde la Procuraduría se impulse la derogación de la figura –por las ventajas que le representa- es necesario que el Congreso evalúe su permanencia dentro del texto constitucional en función de resultados que no corresponden con los argumentos que justificaron su inclusión en un inicio. A casi siete años de su constitucionalización, sigue sin estar comprobada la efectividad del arraigo, mientras que sí están probados los abusos que de él derivan. Si vamos a tomarnos en serio la protección de los derechos humanos no podemos seguir tolerando la existencia de figuras que la misma Corte Interamericana ha criticado: “(…) el Estado no debe detener para luego investigar, por el contrario, sólo está autorizado a privar de la libertad a una persona cuando alcance el conocimiento suficiente para poder llevarla a juicio”. (Animal Político)