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MEDIO: Noticias MVS

TIPO: Noticias en-línea

AUTORÍA: Rocío Méndez Robles

FECHA: 23 de Septiembre de 2014

Para el CONAPRED, precisa el Centro Prodh, «también resultaron discriminatorias tanto la inadecuada defensa pública que recibió después de ser detenido como las condiciones de reclusión que ha sufrido en el CEFERESO 4 durante más de cinco años de injusto encarcelamiento. Ello debido a que por mucho tiempo no se tomaron medidas razonables acordes a su situación de migrante, como facilitarle el contacto con su familia en Honduras.»

CONAPRED emite medidas precautorias en favor del hondureño Ángel Amílcar Colón Quevedo por actos discriminatorios cometidos en su contra por funcionarios de la Secretaría de la Defensa Nacional, del Consejo de la Judicatura Federal, del Instituto Federal de la Defensoría Pública, y de dos entidades de la Segob: la Comisión Nacional de Seguridad y del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.

Se emiten medidas precautorias en favor de Ángel Amílcar Colón por los «actos discriminación sufridos por su condición de migrante y de afrohondureño», las medidas precautorias ordenadas por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) incluyen «facilidades para comunicarse con su familia y defensa, y que se informe al Instituto Nacional de Migración sobre su denuncia de haber sido sometido a tortura, a fin de que se le otorgue una visa humanitaria.

Frente a la queja interpuesta el pasado 18 de julio de este 2014 por los hechos de discriminación que ha padecido el hondureño Ángel Amílcar Colón Quevedo, presentada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), el CONAPRED anuncia que ha dictado medidas precautorias con fecha del 19 de septiembre del 2014 en favor del migrante hoy encarcelado.

Hay fundamento en pruebas documentales y periciales, así como en el dictamen especializado basado en el Protocolo de Estambul que se le practicó a Ángel Almilcar –todo incorporado al expediente penal de la causa– que «injustamente» se le sigue al ciudadano hondureño, sobre la discriminación ejercida por diversos funcionarios pertenecientes a la Secretaría de la Defensa Nacional, al Consejo de la Judicatura Federal, al Instituto Federal de la Defensoría Pública, a la Comisión Nacional de Seguridad y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, estos dos últimos dependientes de la Secretaría de Gobernación.

Ángel Almilcar denunció haber sido víctima de discriminación en distintos momentos. En primer lugar, al ser torturado por motivos raciales por policías federales y elementos castrenses en una base militar. También señala que hubo discriminación por parte del Poder Judicial Federal al resolver el recurso interpuesto contra el auto de formal prisión, debido a que su origen afrohondureño fue la única justificación para que el Magistrado del Tribunal Unitario le atribuyera el delito de delincuencia organizada, explican su defensa del Centro Prodh.

Para el CONAPRED, precisa el Centro Prodh, «también resultaron discriminatorias tanto la inadecuada defensa pública que recibió después de ser detenido como las condiciones de reclusión que ha sufrido en el CEFERESO 4 durante más de cinco años de injusto encarcelamiento. Ello debido a que por mucho tiempo no se tomaron medidas razonables acordes a su situación de migrante, como facilitarle el contacto con su familia en Honduras.»

En ese sentido, CONAPRED dio trámite a la queja y ya solicitó información pormenorizada a las autoridades involucradas. Asimismo, ante la claridad de las situaciones denunciadas, ha dictado medidas precautorias el pasado 19 de septiembre en favor de Ángel Amilcar dirigidas a la Comisión Nacional de Seguridad para que, en primer término, a través de las autoridades competentes garantice la comunicación constante de Ángel con su familia y su defensa por escrito y por teléfono.

De la misma forma, las medidas dictadas por CONAPRED contemplan que por medio de la representación de Honduras en México se le proporcione a Ángel la información pertinente para que tenga conocimiento de las condiciones sociales, culturales e históricas de su país.

Finalmente, por medio de estas medidas dictadas por CONAPRED se debe de informar al Instituto Nacional de Migración (INM) que Ángel Amílcar es víctima de tortura y que existe una averiguación previa por este delito, motivo por el cual es pertinente concederle la visa humanitaria que ha solicitado.

Cabe destacar que el Estado mexicano tiene en sus manos una forma de mostrar inequívocamente su voluntad de poner un límite a este conjunto de situaciones que tienen origen en la privación injusta de libertad de Ángel. Precisamente, el momento actual de su proceso legal es el oportuno para que la PGR presente conclusiones de no acusación, lo que implicaría la libertad inmediata de Ángel, concluye el Centro Prodh.