HugoSlyder

  • Grupo de Trabajo especializado de la Organización de las Naciones Unidas determinó que Hugo fue detenido arbitrariamente y llama al Estado a disponer su inmediata liberación.
  • Además pide dejarlo libre de cualquier antecedente penal relacionado con el caso, así como reparar el daño moral y económico infringido en su contra por parte del Estado mexicano.
  • La CDHDF coincide en calificar de arbitraria su detención y entregó a la SCJN nuevos argumentos en favor de Hugo que se suman a los anunciados la semana pasada por parte de cinco organizaciones internacionales y académicos de la UIA.
  • Mañana, miércoles 17 de octubre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definirá el futuro del joven mazahua. 

El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas hizo pública este fin de semana su opinión sobre el caso del joven mazahua Hugo Sánchez Ramírez, injustamente preso desde hace cinco años. En dicho documento oficial señala que según los criterios vigentes en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la detención de Hugo fue cometida de forma arbitraria. En consonancia con este dictamen, exige al Estado mexicano que disponga la inmediata liberación de Hugo, y elimine todas las referencias legales y antecedentes penales que vinculen al joven con el injusto proceso judicial que se le siguió.

Por su parte la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) entregó el 9 de octubre pasado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) argumentaciones en favor de Hugo bajo la forma de un amicus curiae dirigido a la Primera Sala de la SCJN. En su comunicación hacia la SCJN, el ombudsman capitalino reconoce el carácter paradigmático de este caso para demostrar las graves fallas en el sistema de justicia para las personas de origen. Estas argumentaciones jurídicas se suman a las  anunciadas la semana pasada por parte de cinco organizaciones internacionales y académicos de la UIA (Para conocer los detalles de este antecedente visitar http://bit.ly/TtEUn4).

 

La Resolución del Grupo de Trabajo de la ONU

La resolución del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, fue adoptada el 30 de agosto de 2012 y dada a conocer al Estado mexicano desde mediados de septiembre. En ella recomendó al gobierno mexicano que indemnice económica y moralmente a Hugo, en conformidad con los cauces institucionales. En el documento, el grupo de expertos independientes señala que debido a las inconsistencias legales del caso, Hugo ha sido víctima desde el primer momento de su detención –hace ya cinco años– de excesos por parte de la justicia mexicana dado que no se ha respetado el principio de presunción de inocencia.

El organismo internacional también condenó la criminalización de la pobreza y la filiación étnica, ya que según demostró el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) –organización que lo defiende actualmente–, Hugo fue detenido por ser joven e indígena. Cabe señalar que desde marzo de 2012, el Grupo de Trabajo envió al gobierno mexicano una comunicación sobre este caso sin que hasta el momento las autoridades hayan respondido a la misiva o hayan pedido una prórroga para contestar.

 

Argumentos de la CDHDF a la SCJN

Los argumentos expuestos por la CDHDF se centran en la obligación de los agentes del Estado de poner a inmediata disposición de la autoridad competente a las personas detenidas en supuesta flagrancia. Recuerda que en el caso mencionado, la detención fue realizada alrededor de las 8:30 horas del 21 de julio de 2007 y, fue hasta las 7 de la mañana del día siguiente, que se le condujo ante el agente del ministerio público. El ombudsman capitalino recuerda que Hugo y sus acompañantes estuvieron retenidos en el palacio municipal de Villa Victoria, donde fueron sometidos a todo tipo de torturas y tratos crueles e inhumanos. También fueron fotografiados e interrogados sin justificación alguna y en ausencia de un agente del ministerio público y un defensor.

La CDHDF considera que el número de horas que se mantuvo retenido a Hugo es incompatible con la Constitución y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos. Asimismo, el organismo capitalino manifestó que la flagrancia fue utilizada en este caso para obtener información que posteriormente se utilizaría para imputarle el delito de secuestro. En el amicus califica la actuación judicial como deficiente al haber convalidado una detención a todas luces irregular. En suma, después de un riguroso análisis del expediente a la luz de los más altos estándares internacionales, la CDHDF concuerda con la opinión del Grupo de Trabajo y considera que la detención de Hugo Sánchez fue arbitraria.

Este miércoles 17 de octubre la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá este emblemático caso de criminalización de la pobreza y de discriminación sistemática contra los pueblos indígenas mexicanos. La Familia de Hugo y el Centro Prodh consideramos que los ministros de la Corte, están facultados para provocar un cambio histórico en la procuración de justicia para los pueblos indígenas.

Antecedentes del caso

Hugo fue detenido en el Estado de México de forma arbitraria el 21 de julio de 2007 por “tener actitud sospechosa”, y fue acusado falsamente de posesión de armas. En realidad los agentes que lo detuvieron aprovecharon esa detención arbitraria y su posterior retención ilegal para fabricar pruebas en su contra, con las cuales después lo inculparon como responsable del secuestro de dos menores de edad. Por si esto fuera poco, durante el proceso legal en su contra se cometieron diversas violaciones a las leyes mexicanas. Tras gran cantidad de irregularidades, y aun cuando los dos menores de edad víctimas de secuestro se retractaran del señalamiento en contra de Hugo que habían hecho bajo presión de la policía judicial, en 2009 el Juez Sexto de Primera Instancia de Toluca emitió una sentencia condenatoria de 37 años y seis meses de prisión, multa y reparación del daño en contra de Hugo, la cual que fue confirmada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito en 2011.