Luis Arriaga

Hace un año presentamos (la Organización Familia Pasta de Conchos, el Centro de Reflexión y Acción Laboral y el Centro Prodh) a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos nuestra petición inicial contra el Estado mexicano por las violaciones perpetradas contra trabajadores de la minería del carbón y sus familiares, vinculadas al siniestro del 19 de febrero de 2006 en la mina 8 Pasta de Conchos, donde 65 mineros perdieron la vida.v_informe_pasta_de_conchos_4

En nuestra petición inicial, consideramos que fueron violados por el Estado mexicano los derechos a la vida, a la integridad personal y a las garantías y protección judicial; todos ellos garantizados por la Convención Americana de Derechos Humanos. Nuestra petición tiene sustento en el hecho de que el siniestro ocurrido en esa mina no fue un evento imprevisible ni inevitable por el Estado. Pese a que existían condiciones de alto riesgo que hacían peligrar la vida y la integridad física de los trabajadores de la mina Pasta de Conchos, detectadas y documentadas todas ellas por las inspecciones oficiales, el Estado no adoptó las acciones adecuadas. Esta negligencia para hacer cumplir la ley a una empresa que la infringía deliberadamente se materializó el 19 de febrero de 2006.

Las violaciones de derechos humanos cuya responsabilidad corresponde al Estado mexicano no cesaron con la muerte de los 65 mineros. Pese a que los familiares de las víctimas han mantenido en alto la exigencia de justicia y han realizado para ello todas las acciones a su alcance el Estado ha exhibido su falta de debida diligencia y de voluntad: hasta la fecha no se ha consignado ni sancionado penalmente a algún funcionario público. Hasta hoy, no han sido esclarecidas las circunstancias en que ocurrió el siniestro, pues éste no fue obra de la casualidad ni un accidente fatal sino el resultado de erróneas decisiones, de complicidades y de ineficiencia en el cumplimiento de las obligaciones gubernamentales. Sin el conocimiento de la verdad tampoco ha habido una reparación adecuada del daño, sólo medidas que resultan risibles ante la gravedad de lo acontecido.

A cinco años del siniestro, el Estado tampoco ha sido capaz de cumplir con la demanda más insistente de los sobrevivientes de los mineros fallecidos: el rescate de sus seres queridos para que sean sepultados conforme a sus propios usos. Ésta ha sido la demanda más escuchada durante estos años, fuente de constante dolor y frustración para los familiares a quienes se ha negado toda posibilidad de acceder a la justicia. Es elocuente al respecto la ilustración de las páginas iniciales del capítulo 3 del presente informe. Algunas veces porque estas vías han sido clausuradas y otras veces por las deficiencias en la investigación, la dilación en el proceso y la ausencia de una debida calificación de los hechos en cuanto a los tipos penales relacionados con el siniestro.

A cinco años, en resumen, la impunidad impera en el caso. El presente informe, apela con insistencia a la aplicación del Estado de derecho, denuncia con toda claridad actos que deben ser investigados por el Estado mexicano, que en reiteradas ocasiones ha expresado su intención de acabar con la impunidad. Los datos obtenidos por el equipo que ha analizado las actas de inspección y por quienes han investigado la situación existente en los pozos, tajos y minas de la región carbonífera de Coahuila constituyen elementos valiosos para que las autoridades muestren su compromiso con los derechos humanos.

Sin embargo la justicia no parece estar cercana para los familiares que han suscrito la petición, tampoco para los trabajadores de la industria minera, ni para la sociedad en general. Han muerto 43 trabajadores más debido a la negligencia del Estado mexicano y a la maximización de la ganancia en la región carbonífera. El Estado no ha intervenido de manera eficiente para poner un alto a esta situación. Los datos de este informe hacen imposible que las autoridades pretendan justificar su ineficiencia.

A esta falta de cumplimiento en el ámbito interno corresponde también una falta de acatamiento respecto de las obligaciones internacionales. Siete meses después de presentada la petición, el 24 de septiembre (de lo cual se nos notificó el 11 de octubre) nos enteramos de que la Comisión Interamericana había corrido traslado de ésta al gobierno mexicano. Se nos informó también de que se le fijó «un plazo de dos meses, contados desde la fecha de transmisión… para que presente sus observaciones». Esta información se hizo pública casi al mismo tiempo que ocurría el rescate de los mineros chilenos, un caso que pese a las diferencias nos recordó que quienes tenían a su cargo funciones públicas durante el sexenio pasado, pudieron haber hecho más para cumplir plenamente sus responsabilidades. Por no haberlo hecho les cabe una responsabilidad compartida ahora con quienes continúan obstaculizando el rescate y permiten la operación ilegal e indebida de empresas dedicadas a la explotación del carbón.

Transcurrido el plazo de dos meses fijado por la Comisión Interamericana el gobierno mexicano no había enviado ninguna respuesta. El 10 de diciembre se le notificó que se le concedía otra prórroga. De acuerdo con el reglamento de la Comisión, las prórrogas no deben exceder de tres meses. Es decir, éste venció el 24 de diciembre. Haciendo una interpretación más favorable al Estado podemos contar un mes adicional a partir de la fecha en que se notificó la prórroga, por lo que este plazo venció sin posibilidad de extensión el 10 de enero del presente año. Es claro que el gobierno mexicano no cumple sus obligaciones internacionales. A cinco años del siniestro, es inadmisible que las autoridades persistan en su empeño de alargar los procesos como lo ha hecho en casos anteriores que han sido considerados por el sistema interamericano.

Porque no se trata solamente de acatar las formalidades de un proceso, sino de facilitar la adecuada y expedita evaluación y trámite de la petición presentada. Si acudimos al sistema interamericano no lo hicimos con la intención de prolongar indefinidamente esta exigencia de justicia por parte de los familiares para quienes durante estos cinco años han continuado las violaciones de sus derechos. No lo hicimos para medrar con el dolor que nos interpela y nos indigna sino para poner un alto a una situación que el Estado mexicano puede y debe solucionar. La dilación impide avances en el resarcimiento por las violaciones de los derechos de las víctimas de este caso.

Acudimos al sistema interamericano con el soporte que nos da la exigencia de justicia de los 300 familiares que han firmado la petición. Acudimos también porque las 43 muertes que han seguido a ese siniestro pudieron evitarse, porque no nos resignamos a aceptar que el desarrollo de nuestras sociedades ni las ganancias empresariales deban estar vinculados a todas las muertes evitables que han ocurrido en la región carbonífera desde el siglo XIX.

Es paradójico que un gobierno que pretende combatir la impunidad criminal la alimente al desdeñar los plazos establecidos por instancias ante las cuales tiene obligaciones definidas con claridad. Es también paradójico que un gobierno que exige a los ciudadanos la denuncia de todo acto criminal cierre los ojos a las evidencias presentadas en el V Informe de la Organización Familia Pasta de Conchos.

No debe permitirse, a menos que se quiera perpetuar la impunidad, que el Estado mexicano exceda el plazo que se le dio para contestar la petición interpuesta por el caso de los mineros fallecidos en la mina Pasta de Conchos del Grupo México. Esta actitud atenta contra la función del Sistema Interamericano cuya finalidad es brindar protección a los derechos humanos cuando las instancias nacionales no lo han hecho, como acontece en este caso.

Hasta el día de hoy no hemos sido notificados de que el Estado mexicano haya entregado su respuesta. Es una ofensa más de las muchas con que se ha vulnerado la dignidad de los familiares de los mineros. Ante este silencio esperamos que la Comisión Interamericana, en fidelidad a su cometido, tenga por contestada la petición en nuestros términos y siga adelante con el proceso, es decir, se proceda a declarar admisible la petición y se adopte el informe respectivo.

Al mismo tiempo, anima y compromete, continuar adelante en este proceso por el tesón de los mineros del carbón y sus familias que, pese a los obstáculos y a la falta de atención gubernamental, se organizan, se movilizan, se informan y exigen sus derechos. Confiamos en que gracias a su exigencia de justicia y dignidad «el silencio, la impunidad y el olvido tengan, verdaderamente, sus días contados».