El pasado 13 de marzo, gracias a la demanda de familiares de víctimas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una relevante sentencia que puede contribuir a que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se incluya un presupuesto mínimo destinado a la atención de víctimas en todo el país.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió favorablemente el amparo en revisión 675/2022, promovido por el Centro Prodh, y concluyó que la reforma a la Ley General de Víctimas que promovió la actual administración federal y que aprobó el Congreso de la Unión era inconstitucional, ya que violaba el principio de progresividad establecido en el artículo primero de la Constitución, el cual implica que en los derechos conquistados por las víctimas no se puede dar marcha atrás. Cabe hacer un recuento de en qué contexto sucedió la reforma y por qué se interpuso el amparo contra este retroceso a los derechos humanos.
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