Ciudad de México, 24 de noviembre de 2021. Organizaciones de derechos humanos llamaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a mantener la perspectiva de género en la revisión del Acuerdo presidencial por el que se dispone de la Fuerza Armada Permanente para tareas de seguridad pública, que iniciará hoy.
La Controversia Constitucional 90/2020 fue presentada por la Presidenta de la Cámara de Diputados por considerar que el Acuerdo violentaba distintas disposiciones constitucionales y convencionales. Entre ellas, está la vulneración de las condiciones y límites para el uso legítimo de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública, establecidas por diferentes organismos internacionales de derechos humanos y retomadas por esta Corte. A saber: que este uso se haga de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
Las organizaciones dijeron que validar la intervención de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública sin que su actuación se sujete a dichos estándares, atenta contra la garantía establecida en el artículo 21 constitucional que establece que las instituciones de seguridad pública deberán ser de carácter civil.
«Distintas personas, organizaciones e instituciones hemos documentado cómo la participación del Ejército y la Marina en tareas de seguridad pública, lejos de disminuir la violencia, ha derivado en la comisión de graves violaciones a los derechos humanos. Esto ha afectado a todas las personas, incluyendo a diferentes grupos, como disidencias sexuales, mujeres y niñas. Con los pocos datos que contamos, sabemos que ellas viven violencias que son ejercidas directamente por parte de elementos de las fuerzas armadas, a la par de que son víctimas de las dinámicas de violencia que la presencia de las fuerzas armadas y la estrategia de seguridad pública han detonado en sus comunidades», señalaron las defensoras.
Las organizaciones han documentado cómo es mucho más común que las mujeres sean detenidas arbitrariamente y torturadas sexualmente por las fuerzas armadas, como se documentó en los casos de Inés y Valentina, resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También han visto cómo sus asesinatos —incluidos los feminicidios— más que reducirse con la presencia militar, se han disparado. Desde el inicio de la estrategia de seguridad implementada desde 2006 a la fecha, han desaparecido 18,249 mujeres, de las cuales, la mayoría tiene entre 15 y 19 años de edad. Más aún: son las mujeres quienes muchas veces cargan con los cuidados, las búsquedas y las luchas por la justicia que vivir en un contexto de tanta violencia e impunidad requiere.
«En esta línea, es fundamental que, al analizar la constitucionalidad y convencionalidad del Acuerdo, la SCJN incorpore una perspectiva de género que identifique los derechos humanos protegidos por la mencionada garantía orgánica del 21 constitucional; y las violaciones a estos derechos cometidas en el contexto reciente de violencia y discriminación contra las mujeres en el marco de la militarización de la seguridad pública del país», manifestaron.
«Al resolver esta Controversia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la posibilidad de ir más allá de la preservación de las competencias constitucionales de los poderes de la Unión, y tutelar los derechos humanos de las mujeres amenazados por el contenido del Acuerdo, fungiendo como un contrapeso que fortalezca la vida democrática de nuestra sociedad»; finalizaron.