Alerta CIDH por creciente militarización de las fronteras en AL

Ciudad de México, 06 de abril de 2021La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por la creciente militarización de las fronteras y restricciones de acceso a los territorios y procedimientos de protección en la región, y urgió a los Estados a que la adopción de sus políticas migratorias y medidas de gestión y restricción de la movilidad humana estén orientadas a respetar y garantizar los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y con necesidades de protección.

La CIDH destacó que persiste la utilización de medidas tendientes a: 1) externalizar el control migratorio; 2) desplegar las fuerzas armadas, policías militares y otros cuerpos de seguridad con perfil y formación militar en tareas de gestión migratoria fronteriza; 3) aumentar la aplicación de la detención migratoria, y procedimientos de deportación o expulsión que no aseguran las garantías del debido proceso; y 4) limitar el acceso a los territorios de los Estados y a procedimientos migratorios, de asilo o de protección internacional, especialmente utilizando la pandemia y las medidas de respuesta como justificación, afectando también a la migración de retorno de connacionales.

La CIDH ha advertido que los movimientos migratorios en años recientes estarían conformados por personas migrantes, refugiadas, solicitantes de asilo o con necesidades de protección internacional, que incluyen mujeres y otros en situación especial de riesgo, tales como niñas, niños y adolescentes, personas LGBTI, víctimas de trata, y personas con discapacidad. Pese a ello, indicó, se observa la insuficiente adopción de medidas que incorporen la perspectiva de género y enfoques diferenciados de protección. Además, aunado al temor a contraer la enfermedad del coronavirus habría exacerbado los discursos de xenofobia, señalando directamente a las personas en movilidad humana —en especial a las que se desplazan en situación irregular— de portar el virus y facilitar su propagación.

En ese contexto, la Comisión advirtió que diversos Estados en la región habrían autorizado la participación de las fuerzas armadas, policías militares o cuerpos de seguridad del Estado con perfil militar para asegurar el cumplimiento de las medidas de contención impuestas como respuesta a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia, lo que elevaría las denuncias sobre el uso excesivo de la fuerza en contra de población en situación de movilidad humana.

La CIDH manifestó su preocupación por casos donde se utiliza de forma creciente a las fuerzas armadas, como Brasil, Chile, Ecuador, Guatemala, México, Nicaragua y Perú. En cuanto a México, resaltó que el 11 de mayo de 2020, el Estado autorizó mediante un acuerdo a las Fuerzas Armadas a llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional. Dichas tareas incluyen, entre otras, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos en las zonas fronterizas, pasos y puentes limítrofes, los centros de supervisión y control migratorio.

Al respecto, en las Observaciones Preliminares a su visita virtual a México, la CIDH recomendó al Estado asegurar que las funciones relacionadas con el control migratorio, asistencia y atención directa a dicha población, sean únicamente realizadas por fuerzas y cuerpos de seguridad civiles.

«La implementación de políticas migratorias que autorizan la cooperación y participación de las fuerzas armadas, o cuerpos de seguridad de naturaleza militar, a realizar el control migratorio, vigilar o controlar las fronteras o ejercer la fuerza en relación con migrantes, podrían resultar contrarias a las obligaciones de los Estados relacionadas con la protección y garantía de los derechos humanos de las personas en movilidad humana y son contrarias a los estándares y principios interamericanos. Aunado a lo anterior, la presencia permanente de las fuerzas armadas a lo largo de las fronteras de los Estados estaría provocando la militarización de dichos territorios», lamentó el organismo interamericano.

La CIDH reiteró que la interrelación entre las políticas migratorias y la seguridad ciudadana debería ser de competencia exclusiva de cuerpos profesionales no militarizados y especializados, debidamente organizados y capacitados, y estar sometidas a los controles de los parlamentos y, en su caso, del sistema judicial ordinario. Adicionalmente, advirtió que la designación de personal con perfil y formación militar no tendría la capacidad para responder adecuadamente a las personas con necesidades de protección internacional, por lo que ha reiterado la necesidad de realizar una distinción entre funciones de seguridad y de asistencia humanitaria directa a las personas migrantes, refugiadas y con necesidades de protección, con asignación de funciones de atención y asistencia estrictamente a personal civil especializado.

«Mientras no se adopten medidas para superar las causas estructurales que obligan a las personas a desplazarse de manera forzosa, los movimientos migratorios internacionales continuarán realizándose», recordó.

Finalmente, con base en su Resolución No. 04/19 sobre los Principios Interamericanos, la Comisión reiteró la necesidad de articular esfuerzos regionales para abordar las causas estructurales que generan el desplazamiento forzado de personas y resaltó la importancia de coordinar acciones e implementar estrategias regionales para crear o ampliar los canales que permitan a las personas desplazarse en forma regular y bajo condiciones de seguridad.