Tlatlaya: el uso arbitrario de la fuerza letal

*Un Juez Federal mostró cómo el Poder Judicial puede ser contrapeso frente a la negligencia de las procuradurías, emitiendo sentencias que reencaucen investigaciones ineficaces.

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2018. Por increíble que pueda parecer a ojos no acostumbrados a mirar el sistema de justicia mexicano, a cuatro años de la masacre de Tlatlaya la investigación se encuentra detenida y no hay una sola persona rindiendo cuentas por la privación arbitraria de la vida de al menos 12 personas, ni por el pretendido encubrimiento de las responsabilidades de miembros del Ejército.El tema no se puede interpretar como incapacidad del Ministerio Público para aportar pruebas suficientes para acusar individualmente a los responsables y esclarecer los hechos; la lentitud y las omisiones durante la investigación son claramente una de las formas que ha tomado el encubrimiento de responsables en graves violaciones a los derechos humanos en México.

La manera en que se pretende tejer un manto de impunidad sobre este caso de ejecuciones arbitrarias en el marco de la Guerra contra el Narcotráfico es, al igual que el caso mismo, emblemática ya de una época que la ciudadanía busca cambiar. Por ello, es necesario recordar la historia.

El 30 de junio de 2014, 22 personas fueron privadas de la vida en una bodega de San Pedro Limón, municipio de Tlatlaya, Estado de México. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) se apresuró en señalar que todo fue resultado de un enfrentamiento entre un grupo criminal y elementos del Ejército pertenecientes al 102 Batallón de Infantería. Las autoridades civiles públicamente dieron por cierta la versión militar.

Sin embargo, el valiente testimonio de una de las sobrevivientes; los trabajos periodísticos independientes y una investigación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) -que dio lugar a la Recomendación 51/2014– revelaron que la verdad era otra: que un número hasta ahora indeterminado de estas muertes fue resultado de ejecuciones arbitrarias, ocurridas cuando los civiles ya se habían rendido. También se develó que se alteró la escena del crimen y se intimidó a las sobrevivientes para encubrir a los responsables.

Como se ha vuelto habitual, e ignorando los estándares nacionales e internacionales que acotan los alcances de la jurisdicción militar, la Sedena inició una averiguación previa por delitos relacionados con la infracción de deberes militares, de forma paralela a las actuaciones de las instancias civiles. Posteriormente, el Juzgado Sexto Militar dictó sentencia absolutoria, en marzo de 2016, a favor de seis de los siete militares acusados por el delito de infracción a los deberes militares; el séptimo de los castrenses procesados fue condenado solamente a 1 año de prisión por el delito de desobediencia, pena que ya había compurgado cuando se emitió el fallo.

Por su parte, la PGR inició una Averiguación Previa en el ámbito civil y después acusó a siete militares por el homicidio de 8 personas y por el delito de encubrimiento. Sin embargo, aunque inicialmente el juez de la causa dictó auto de formal prisión, un tribunal de alzada ordenó la libertad de todos ellos por considerar que el Ministerio Público no había aportado pruebas robustas para identificar a los soldados responsables, a pesar de que consideró como probado el hecho de que existieron ejecuciones arbitrarias. Es decir, el Poder Judicial consideró que se probó el delito y, al mismo tiempo, que no se recabaron los elementos para determinar cuál soldado ejecutó a cada víctima. Claramente, no se trató de una absolución llana.

Frente a la impunidad, como también es habitual en otros muchos casos de ejecuciones y desapariciones en México, han sido las víctimas quienes han buscado enderezar la investigación para acercarse a la verdad y la justicia. Una de las testigos sobrevivientes ha promovido diversos recursos legales para obligar a la PGR a realizar una investigación efectiva y ha ofrecido dentro de la investigación múltiples medios de prueba como parte de su derecho a la coadyuvancia, mismos que han sido ignorados en su mayoría por el Ministerio Público.

El 31 de julio de 2017, el Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México ordenó a la PGR, mediante una sentencia de amparo dictada dentro del Juicio 545/2017, que realice con debida diligencia la investigación de los hechos. La PGR impugnó la decisión, que fue ratificada el mes pasado.

De este modo, un Juez Federal mostró cómo el Poder Judicial puede ser contrapeso frente a la negligencia de las procuradurías, emitiendo sentencias que reencaucen investigaciones ineficaces.

Las víctimas de esta y otras graves violaciones a derechos humanos demandan justicia. Más que nunca, urgen fiscales que asuman como un deber propio investigar con debida diligencia y proteger los derechos humanos. Sólo sancionando debidamente los homicidios y las ejecuciones arbitrarias, podrá terminar el uso arbitrario de la fuerza letal para, de esa manera, restablecer gradualmente el inconmensurable valor de la vida humana, ignorado y denigrado en estos más de diez años de guerra fallida contra las drogas.

*Artículo publicado en Animal Político