Obligan a CNDH a entregar gratuitamente expediente sobre tortura de militares contra civiles

*El expediente de seguimiento es la única herramienta de las víctimas para determinar si se han cumplido las recomendaciones a su favor. 

Cuartoscuro

Ciudad de México, 10 de octubre de 2017. Un juez federal ordenó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) entregar a las víctimas amparadas por la Recomendación 33/2015 las copias gratuitas del expediente de seguimiento de dicha recomendación, relativa a la tortura de civiles a manos de elementos militares en Rosarito, Baja California, en junio de 2009.

«La resolución resulta indispensable para el reconocimiento de los derechos de las víctimas, ya que determina que la CNDH es autoridad en caso de expedición de copias y expedientes» y permite que las personas se ampare contra actos del organismo que vulneren sus derechos, además de subrayar las obligaciones de la Comisión en relación con transparencia y el derecho de acceso a la información y ordenar que la autoridad revise de nueva cuenta y conforme a la ley si la información es de carácter confidencial o no y, en caso de serla, deberá explicar cuáles son las razones para considerarla así, informaron los representantes de las víctimas.

El organismo nacional emitió la recomendación en octubre de 2015; en ella instó al Secretario de la Defensa Nacional y a la Procuradora General de la República a colaborar en la investigación y sanción de cuerpos castrenses y ministeriales que participaron en la detención arbitrara, simulación de pruebas y tortura. Sin embargo, negó la información del expediente de seguimiento a las víctimas, a pesar de que es la única herramienta con la que cuentan para determinar si se ha cumplido o no las recomendaciones dictadas a su favor.

Ante ello, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), como representante de las víctimas, solicitó en mayo de 2016 la expedición de una copia del expediente de seguimiento de la resolución; un año después la CNDH contestó que daría la copia, pero suprimiendo cierta información bajo un argumento de confidencialidad y condicionando su entrega a un pago. Las víctimas y sus representantes presentaron demanda de amparo por considerar que la CNDH violaba los derechos humanos de acceso a la justicia y a conocer la verdad sobre el cumplimiento a la Recomendación 33/2015 dictada hace dos años. El Juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México emitió sentencia el 29 de septiembre pasado concediendo el amparo a favor de las víctimas.

La CMDPDH urgió a la CNDH a refrendar su compromiso con el respeto a los derechos humanos, con las obligaciones de transparencia y los derechos de las víctimas, entregando las copias de los expedientes solicitados por las víctimas, sin cobro alguno.

El 16 de junio de 2009, Ramiro Ramírez Martínez, Orlando Santaolaya Villareal, Rodrigo Ramírez Martínez y Ramiro López Vázquez fueron detenidos sin orden de aprehensión y sometidos a tortura y malos tratos durante su retención y arraigo. Por las falsas declaraciones obtenidas bajo tortura, los jóvenes fueron acusados y sujetos a un proceso penal en su contra, pero el 25 de noviembre de 2015, el Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales en la Ciudad de Nayarit los absolvió y ordenó su inmediata libertad.

Tanto el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT por sus siglas en inglés) como la propia CNDH han determinado que agentes del Estado violaron los derechos humanos de los 4 civiles al cometer actos de tortura en su contra, pero hasta el momento no ha sido iniciada la investigación por estos actos.