Urgente, aprobar el Artículo 31 de la Convención Internacional de la ONU para la protección a las personas contra las desapariciones forzadas

*Es de primera importancia dotar a las víctimas de más y mejores herramientas para detener este flagelo y obtener justicia.

Ciudad de México, 29 de septiembre de 2017. Es indudable que una de las marcas negativas que pesan sobre la actual administración federal es la desaparición de personas, ya sea porque se habla de episodios emblemáticos de desapariciones forzadas –como en el caso Ayotzinapa– o por la abultada cifra que da cuenta de la extensión de este fenómeno con más de 33 mil casos de acuerdo con el registro oficial.

De estos casos reconocidos oficialmente –que por supuesto, no contemplan la cifra negra por la falta de denuncia-, ni siquiera es claro cuántos casos son desapariciones forzadas, cuántos desapariciones intencionales y cuántos desapariciones por otras causas. En México se carece de un registro confiable de estadísticas relativas a la desaparición o no localización de las personas, lo que agrava la situación e impide tener un adecuado diagnóstico en la materia.

Diversas instancias internacionales han evidenciado la grave crisis de derechos humanos que vive el país, sin embargo, la mayoría de los diagnósticos han sido rechazados por el Gobierno mexicano. En su visita a México de octubre de 2015, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, apuntó que: “El fracaso de la policía, del sistema de justicia para esclarecer el paradero de las víctimas y lo que les sucedió y, sobre todo, de los sucesivos gobiernos y del sistema político en su conjunto para detener estos crímenes no sólo es lamentable, es profundamente trágico. Trágico para las personas involucradas, y trágico para el país entero”.

El Centro Prodh, en conjunto con otras organizaciones, acompaña a víctimas de desaparición forzada; hemos documentado casos emblemáticos de nuestra historia contemporánea – como Ayotzinapa- , pero también de la llamada “Guerra sucia”. Nuestra conclusión, compartida por otras organizaciones de la sociedad civil y por organismos internacionales de derechos humanos, es que es la impunidad en las desapariciones cometidas en décadas pasadas ha sido un factor determinante en la extensión que presenta hoy este fenómeno.

En este contexto, hay dos acciones que son indispensables para que el Estado mexicano pueda demostrar su voluntad de combatir este crimen, que azota a franjas cada vez más amplias de la población: la aprobación de la Ley General de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares, de acuerdo con las exigencias de las familias, y el reconocimiento del artículo 31 de la Convención Internacional de la ONU para la protección de todas las personas Contra las Desapariciones Forzadas.

Hace casi una década que México ratificó la Convención, pero manifestó su reserva respecto del artículo 31, que reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, que alegaren ser víctima de violaciones por este Estado Parte. De reconocerse, esto permitiría que las víctimas directas e indirectas de una desaparición en lo individual pudiera acceder a la protección del Comité.

Hoy en día, sin el reconocimiento de la competencia del Comité, las víctimas de desaparición forzada en México están impedidas de enviar comunicaciones al mismo para que éste pueda examinarlas y emitir decisiones al respecto.

El reconocimiento a este artículo será, sin ninguna duda, una herramienta valiosísima para defender los derechos de las personas víctimas –directas o indirectas- de una desaparición. Así, la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los derechos humanos lanzó la campaña ¡Defendamos hoy los derechos de las personas desaparecidas! #ReconocimientoYA, en la que nos unimos con las voces de víctimas, las organizaciones defensoras de derechos humanos, organismos autónomos de derechos humanos, intelectuales y artistas.

Estamos convencidos de que es de primera importancia dotar a las víctimas de más y mejores herramientas para detener este flagelo y obtener justicia. Por eso, desde el Centro Prodh nos hemos unido a la campaña y llamamos a que el Ejecutivo federal, en la última recta de su administración, reconozca el artículo 31 ¡ya!

*Artículo publicado en Animal Político