El Poder Judicial y su posición contra la tortura

*María del Sol, Denise, Korina, Wendy, Yecenia y Claudia son algunas de las mujeres que han logrado librarse de un proceso penal injusto tras haber sufrido tortura sexual. 

Ciudad de México, 19 de septiembre de 2017. El caso de Taylín Narda Clotet Wang, defendido por el Centro Prodh y documentado, entre otros organismos nacionales e internacionales, en el referido informe de Amnistía Internacional, es ilustrativo del patrón tortura sexual- pruebas ilícitas- condena que predomina en el caso de las mujeres presas injustamente.

Taylín fue detenida ilegalmente en su domicilio de la Ciudad de México y trasladada a instalaciones policiales la madrugada del 7 de febrero de 2014. A pesar de que se encontraba embarazada y de que se lo informó a sus captores, fue golpeada, amenazada, insultada y torturada sexualmente con la finalidad de que se inculpara y de que involucrase a otras personas en un secuestro. A pesar de la tortura y las amenazas de dañar a sus dos pequeñas hijas y su hijo, los agentes no lograron que lo hiciera.  A consecuencias de las agresiones, Taylín sufrió un aborto en las oficinas de la PGR, sin que recibiera la atención adecuada para esa delicada situación. Luego de eso, Taylín –de nacionalidad peruana- fue recluida en un penal de máxima seguridad, hasta que fue trasladada el año pasado al Centro Femenil de Reinserción Social de Tepepan, en la Ciudad de México.

La defensa de Taylín ha señalado que el auto de formal prisión dictado a la sobreviviente se sostiene en pruebas ilícitas puesto que provienen de violaciones a derechos humanos, entre ellas la tortura, y ha pedido al magistrado que éstas sean excluidas del proceso en su contra conforme lo establece la legislación mexicana y los tratados internacionales que México ha ratificado. La decisión, en manos del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal, podría definirse el próximo 21 de septiembre.

En caso de que el tribunal federal tome su decisión conforme a los más altos estándares de derechos humanos y dictamine, dentro del Amparo en revisión 46/2016, que no hay pruebas para mantener a Taylín en prisión, se abrirá una puerta no sólo para restituir los derechos de una sobreviviente de una grave violación a sus derechos humanos, sino para que el Poder Judicial refrende, en los hechos y de acuerdo con el marco normativo vigente, su rechazo a la tortura como método de investigación.

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