* La Suprema Corte revisa el artículo 215-A del Código Penal Federal por un amparo negado a un mando militar sentenciado por cometer el grave delito en hechos sucedidos en Chihuahua.
Ciudad de México, 23 de febrero de 2017. Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara la inconstitucionalidad del artículo 215-A del Código Penal Federal -que está siendo analizado por el máximo tribunal en el marco de un amparo interpuesto por un mando militar sentenciado por desaparición forzada, que alega una supuesta vaguedad en la descripción del delito- se abriría la puerta a la impunidad para los responsables en distintos niveles de esta grave violación a derechos humanos, alertaron organizaciones de la sociedad civil (OSC).
Las organizaciones advirtieron que si bien la tipificación del delito es mejorable, no contraviene ni la Constitución ni los tratados internacionales y además posibilita el procesamiento penal de quienes participan como perpetradores en la desaparición forzada en cualquiera de sus momentos, al margen de que hayan participado o no materialmente en la detención legal o ilegal de la persona.
El recurso excepcional fue interpuesto por un Teniente Coronel de Infantería de Estado Mayor luego de que con fecha 13 de mayo de 2016 le fuera negado el amparo directo 432/2015, por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoséptimo Circuito. Por unanimidad, la y los magistrados confirmaron su responsabilidad penal por haber propiciado y mantenido dolosamente el ocultamiento de un hombre que fuera arbitrariamente sustraído de su domicilio por elementos castrenses, mantenido incomunicado y sujeto a actos de tortura en instalaciones de la Tercera Compañía de Infantería no Encuadrada, en el estado de Chihuahua, en marzo de 2009.
Las organizaciones firmantes llamaron a que el máximo tribunal resuelva el asunto garantizando protección ante el peligro de que hechos tan atroces permanezcan en la impunidad. Por ello presentaron un memorándum a la y los ministros de la Primera Sala, respaldando los puntos torales del proyecto de sentencia elaborado por el ministro José Ramón Cossío Díaz; en él se propone confirmar la sentencia y considerar constitucional el delito de desaparición forzada.
«En un país como México, en el que la faceta más dolora es el aumento de las desapariciones, como lo señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su reciente informe de país[1], este asunto reviste una gran trascendencia y debe ser discutido y analizado por nuestro Máximo Tribunal, a la luz de un estándar de protección que impida que hechos tan atroces permanezcan en la impunidad. La SCJN puede dar un importante mensaje de rechazo a las desapariciones al resolver este caso evitando la impunidad. En este sentido, las organizaciones también hemos llamado a la SCJN a que en el marco de esta discusión se pronuncie sobre la necesidad de que se apruebe a la brevedad la Ley General para Prevenir y Sancionar las Desapariciones, como lo ha hecho en el pasado sobre otros temas, pues la aprobación de dicha Ley sigue aún pendiente en el Congreso de la Unión», finalizaron las y los firmantes.
*Consultar comunicado íntegro aquí.