Ante Corte IDH, organizaciones y familia exigen cumplir sentencia del caso Campesinos Ecologistas

* A 17 años de los hechos y 6 de la sentencia, no se ha capturado a los responsables de las graves violaciones, no se ha transformado adecuadamente el sistema de registro de detenidos ni se ha cumplido lo referente a la jurisdicción militar. 

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Ciudad de México, 05 de septiembre de 2016. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) llevó a cabo la audiencia de revisión de cumplimiento de la sentencia en el caso de los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera contra el Estado mexicano.

En la sesión realizada el pasado viernes en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) ?organizaciones representantes de las víctimas? expresaron su preocupación ante la Corte por el incumplimiento de algunos puntos de la sentencia que el órgano internacional emitió en 2010.

En 1999, Montiel y Cabrera -parte de una organización campesina ecologista que expulsó a una trasnacional maderera de la Sierra de Petatlán, en Guerrero- fueron detenidos arbitrariamente por el Ejército. Una vez capturados, fueron víctimas de tortura y forzados a firmar una declaración inculpatoria falsa por delitos de portación de armas y de cultivo de marihuana. Se les impusieron penas de entre 7 y 10 años de prisión. Después de más de dos años, Rodolfo y Teodoro fueron liberados «por motivos de salud» gracias al apoyo internacional y por órdenes del Ejecutivo; sin embargo, no se reconoció su inocencia y debieron huir de Guerrero.

En 2010, la Corte IDH emitió una sentencia en la que declaró al Estado mexicano responsable por violaciones a los derechos a la libertad personal, la integridad personal y garantías judiciales de los campesinos y por incumplir su obligación de adecuar su marco interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En su resolución, la Corte ordenó al Estado mexicano implementar medidas de reparación para los dos activistas y varios cambios estructurales para erradicar las causas que dieron origen a los abusos, entre ellos: mantener actualizado de manera permanente un registro de personas detenidas con información accesible y mecanismos de control para garantizar su cumplimiento; investigar las denuncias de tortura de Teodoro Cabrera y Rodolfo Montiel y reformar el Código de Justicia Militar para garantizar que la jurisdicción militar no investigue casos de violaciones a los derechos humanos. En 2013 y 2015 la Corte estimó que el Estado no había cumplido cabalmente lo ordenado.

En la pasada audiencia, las organizaciones defensoras resaltaron la falta de avances en la investigación por las torturas sufridas por las víctimas, a 17 años de los hechos y 6 de dictada la sentencia, pues a la fecha no hay responsables sancionados por la tortura y detención arbitraria de Cabrera y Montiel, mientras que las familias de los campesinos ecologistas aún padecen los impactos de la falta de justicia, como el desplazamiento del estado de Guerrero.

Las representantes de las víctimas también denunciaron que el sistema de registro de detenidos no controla la legalidad del procedimiento desde el momento de la detención. «El registro actual opera desde que la persona es puesta a disposición del Ministerio Público, lo que deja brechas de tiempo en las que se generan vulneraciones a derechos humanos como retenciones prolongadas, torturas y tratos inhumanos», explicaron. Las organizaciones también exigieron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que el Estado mexicano cumpla con su obligación de adecuar su Código de Justicia Militar a los estándares internacionales. Actualmente, en la jurisdicción militar aún se puede investigar violaciones de derechos humanos que se cometan por las Fuerzas Armadas, abriéndose dos procedimientos paralelos: uno en el fuero militar y otro en el fuero civil, que aplican tipos penales distintos sobre los mismos hechos. Esta decisión, expusieron las defensoras, contraviene la independencia en las investigaciones y repercute en la impunidad en que los delitos puedan quedar.

“Este caso ejemplifica las deudas que el Estado mexicano tiene en materia de derechos humanos. Son deudas históricas, que siguen impactando en la sociedad y lo vemos, por ejemplo, con las denuncias penales por tortura ante instancias internas que quedan impunes”, declaró Marcia Aguiluz, responsable de CEJIL por el programa de Centroamérica y México.
«La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que las sentencias de la Corte IDH son de cumplimiento obligatorio para el Estado mexicano. El órgano interamericano ha exigido medidas estructurales para transformar prácticas que generan violaciones a derechos humanos. Sin embargo, estas no han sido plenamente cumplidas por el Estado, sobre todo en lo referente al acceso a la justicia para las víctimas», destacaron CEJIL y el Centro Prodh.