En una victoria para las víctimas, ONU condena a México por torturas

*Cuatro ciudadanos fueron torturados por soldados para que se inculparan de un secuestro en 2009. 

Imagen de Amnistía Internacional
Imagen de Amnistía Internacional

Ciudad de México, 12 de octubre de 2015. En lo que representa la primera decisión sobre un caso individual contra México que emite la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el organismo condenó al país por la tortura cometida por elemento del Ejército contra cuatro civiles en Baja California en junio de 2009. «A pesar de mostrar sólo la punta del iceberg, la sentencia es una decisión emblemática que evidencia el conjunto de malas prácticas que ha sido el caldo de cultivo para un uso endémico y generalizado de la tortura en México durante muchos años», consideraron las organizaciones defensoras de las víctimas.

En representación de las víctimas Ramiro Ramírez Martínez, Rodrigo Ramírez Martínez, Orlando Santaolaya Villarreal y Ramiro López Vázquez, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (CCDH),  presentaron una la comunicación nº 500/2012 contra el Estado mexicano el 15 de marzo de 2012.

En su decisión, el Comité contra la Tortura concluye que México violó los artículos 1°, 2°, en relación con el artículo 1º, 12, 13, 14, 15 y 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas, Crueles, Inhumanos o Degradantes, una de las convenciones más importantes de las Naciones Unidas, de la cual México es parte desde 1986. El Comité determinó que el Estado mexicano es responsable de haber cometido tortura en contra de las cuatro víctimas; de no haber tomado medidas eficaces para impedir los actos de tortura durante su detención y arraigo en instalaciones militares; de haber omitido una investigación de oficio, inmediata e imparcial sobre los hechos de tortura; de no haber reparado a las víctimas y sus familiares de los daños que se les ocasionó; y de dictar el auto de formal prisión sobre la base de confesiones obtenidas bajo tortura.

El Estado mexicano tiene ahora 90 días para enviar información al Comité sobre toda medida que haya adoptado para hacer efectivas las medidas de reparación a las víctimas, consistentes en: determinar la inmediata puesta en libertad de las víctimas de tortura; iniciar una investigación exhaustiva y efectiva sobre los hechos de tortura; procesar, juzgar y castigar con penas adecuadas a las personas halladas responsables de las violaciones cometidas; conceder una plena reparación, incluida una indemnización justa y adecuada a las víctimas del caso y sus familiares, y una rehabilitación lo mas completa posible a las primeras; eliminar la figura del arraigo y ajustar el Código de Justicia Militar en términos de las sentencias pronunciadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanas para asegurar que toda violación a los derechos humanos sea de competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria o civil.

El 16 de junio de 2009, Ramiro Ramírez, Rodrigo Ramírez, Orlando Santaolaya y Ramiro López fueron detenidos sin orden de aprehensión en Playas de Rosarito, estado de Baja California, como principales sospechosos de un secuestro. Durante la aprehensión, el traslado y el arraigo en las instalaciones militares del 28º Batallón de Infantería, ubicadas en la ciudad de Tijuana, fueron sometidos repetidas veces a actos de tortura y malos tratos, incluyendo golpes, descargas eléctricas, simulación de ahogamiento con bolsas de plástico, extracción de uñas y amenazas de muerte con el fin de forzarlos a autoinculparse de los delitos de secuestro y posesión de armas. A la fecha, las cuatro víctimas se encuentran en prisión preventiva en el Centro Federal de Readaptación Social Número Cuatro “Noroeste”, en el municipio de Tepic, estado de Nayarit, con graves problemas de salud a raíz de la tortura y la ausencia de atención médica adecuada.

La CMDPDH, la OMCT y la CCDH señalaron su «gran satisfacción por la decisión del Comité contra la Tortura, al ser un gran triunfo para las víctimas que hemos venido apoyando desde hace tiempo en su lucha por la justicia”. Así mismo, consideraron que la decisión también constituye una victoria importante en el combate contra la tortura y por el reconocimiento de las víctimas en México. «Es una decisión emblemática que recoge la existencia de disposiciones legales y patrones que han permitido la tortura de miles de personas en los últimos años», valoró el Director Ejecutivo de la CMDPDH, José Antonio Guevara.

“Esta decisión reconoce de forma clara la responsabilidad de México en la tortura de los cuatro denunciantes”, destacó Gerald Staberock, Secretario General de la OMCT. “El Estado mexicano está ahora obligado a dar efectivo cumplimiento a lo dispuesto por el Comité contra la Tortura, en particular debe liberar de forma inmediata a las víctimas, conducir una investigación imparcial y eficaz y castigar a los autores, así como reparar a las víctimas”.

Las organizaciones defensoras destacaron que desde el inicio del proceso en julio de 2009, los familiares acudieron a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dando lugar al expediente CNDH/2/2010/2830/Q; sin embargo, a la fecha la CNDH no ha emitido recomendación alguna para el caso. Los representantes coincidieron en que “es fundamental garantizar la no repetición de casos similares. Las víctimas no pueden esperar más, es urgente el establecimiento de salvaguardias eficaces para evitar más sufrimiento”.