* Apelan sentencia por daños contra empresario que se apoderó de sus tierras.
Ciudad de México, 03 de septiembre de 2015. Indígenas coca de Mezcala de Asunción, Jalisco, apelaron la sentencia que los condena por haber desmontado infraestructura que un adinerado invasor mestizo colocó dentro de su territorio. La comunidad exigió a los magistrados de la Sexta Sala que resuelvan aplicando la justicia para sus integrantes, y que, particularmente, implementen el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en los casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas. «Asimismo, les solicitamos que ejerzan la facultad de interpretar la legislación local conforme a los derechos contemplados en normas e instrumentos internacionales y apliquen el principio pro persona en virtud de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 10 de junio de 2011», señalaron en un comunicado público.
La comunidad coca de Mezcala se asienta en las orillas del codiciado Lago de Chapala. En 1999, el empresario Guillermo Moreno Ibarra se apoderó de diez hectáreas de su territorio comunal y forestal . Las autoridades tradicionales de la comunidad demandaron ante el Tribunal Unitario Agrario la inmediata restitución de sus tierras, pero la demanda fue infructuosa. Esto ha permitido que el empresario continúe «atentando contra el patrimonio territorial de la comunidad, ha desmontado área forestal y removido suelo para construir una gran mansión bordeada por una malla metálica electrificada, así como creado una brecha exclusiva para que circulen sus vehículos y ha desviado cauces de ríos, todo con la complacencia de las autoridades del municipio de Poncitlán, de la Comisión Nacional de Agua (CNA), de la Procuraduría Federal para la Protección del Medio Ambiente (PROFEPA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de la Procuraduría Agraria (PA), entre otras», denunciaron las autoridades comunitarias.
En el año 2011, y ante la falta de respuesta justa por parte de las autoridades correspondientes, la asamblea de comuneros de Mezcala ordenó desmontar un panel solar que Moreno Ibarra instaló en su territorio y dejarla a su disposición en la entrada de la Casa Comunal. «Dicho panel alimentaba una bomba de agua que desviaba y retenía arroyos que las comunidades de Mezcala y San Juan Tecomatlán utilizaban para sus actividades agrícolas y ganaderas», aclararon. Moreno Ibarra y Crescenciano Santana, a quien acusan de actuar como su prestanombres, presentaron ante la agente del Ministerio Público adscrita a Poncitlán, Jalisco, una denuncia penal por robo en contra de Rocío Moreno y cuatro integrantes más de la comunidad, quienes no fueron citados a la integración de la averiguación previa.
«Con una indagatoria plagada de irregularidades por parte de la agente del Ministerio Público, como son las violaciones a los derechos al debido proceso, y a la seguridad jurídica y personal, el expediente fue consignado al Juez Penal de Ocotlán, Oscar Martín Morales Vázquez, quien en lugar de analizar a detalle el expediente y advertir de las inconsistencias jurídicas por parte de la agente del Ministerio Público giró, de manera irresponsable, ordenes de aprehensión en contra de Rocío Moreno y diez personas más. Los integrantes de la comunidad salieron libres bajo caución después de ser presentados y pagar una exorbitante fianza ante el Juez Penal de Ocotlán», detalló la comunidad.
El pasado 27 de mayo, el mismo juez dictó sentencia definitiva condenando a los miembros de la comunidad como responsables del delito de daño en las cosas a una pena de entre dos y tres años de prisión y al pago de una multa equivalente a 10 días de salario mínimo. Ante ello, la comunidad presentó la apelación en contra de la «infundada e inmotivada sentencia», alegando violaciones cometidas al debido proceso y la no aplicación del Protocolo para los casos donde se involucren personas, comunidades y pueblos indígenas, así como de los tratados y convenios internacionales de los que el Estado Mexicano es parte. La causa penal de apelación se encuentra en la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.