Alerta por reserva de información sobre violaciones a los derechos humanos y corrupción

* Organizaciones acusan que las resoluciones del Inai cierran información de interés público.

Opacidad
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Ciudad de México, 17 de julio 2015. En las últimas dos semanas, el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Inai) ha ignorado los principios y bases recientemente aprobados en la Ley General de Transparencia al votar por el cierre de la información en dos temas: las  violaciones graves a derechos humanos y la corrupción que vive el país, denunciaron organizaciones civiles como Article 19, Colectivo por la Transparencia, Fundar Centro de Análisis e Investigación, entre otros, así como distintas personalidades.

“Los que suscribimos este comunicado abogamos porque estas resoluciones no sean el reflejo de una tendencia del organismo garante por cerrar información de interés público”, señalaron las organizaciones en un comunicado.

Entre las solicitudes que no han sido resultas favorablemente se encuentra la reserva de la averiguación previa, abierta en la jurisdicción militar, en contra de los ocho elementos involucrados en los sucesos de Tlatlaya (número de solicitud: RDA 463/15). La negativa fue confirmada el pasado 24 de junio, sin tomar en cuenta que esta información está relacionada con hechos que han sido declarados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) como violaciones graves a derechos humanos. Los comisionados Francisco Acuña, Rosendoergueni Monterrey, Patricia Kurczyn y Ximena Puente de la Mora argumentaron, para determinar la reserva de la información, que el expediente abierto en la jurisdicción militar perseguía únicamente los delitos de este orden, más no los relacionados con violaciones graves a derechos humanos. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) nunca permitió el acceso al expediente y aun así los comisionados decidieron reservarlo.

El otro caso que se reservó –por parte de los mismos comisionados votantes- fueron las bitácoras de viaje de las aeronaves de Comisión Nacional del Agua (Conagua), las cuales hacen referencia al caso del extitular de esta dependencia, David Korenfeld (número de solicitud: RDA 2200/15, 2219/15 y 2859/15), quien fue sancionado previamente por la Secretaría de la Función Pública (SFP) por el uso indebido de un helicóptero oficial. La respuesta del Instituto fue que «la información contenida en las bitácoras –hasta el mes de abril del 2015– podría generar patrones de vuelo, lo que a su vez generaría una afectación a la seguridad nacional además de poner en peligro a los funcionarios que viajan en los mismos».

La Ley General de Transparencia –de acuerdo al Primer Artículo Transitorio–, desde su entrada en vigor, considera que “ninguna información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad o actos de corrupción puede estar sujeta a reserva”. La ley determina que “cualquier reserva debe estar acompañada de una prueba de daño a manera de motivación reforzada”. No obstante esto no ocurrió en ninguno de los casos.

Los que suscriben el comunicado sentenciaron: “La Ley General de Transparencia no logrará sus objetivos sin la autonomía del pleno. Los firmantes externamos nuestra legítima preocupación por la prevalencia de la plena autonomía e independencia de decisiones del Inai, para efectos de alcanzar los objetivos planteados en la Constitución, en la fortalecida Ley General de Transparencia y para la efectividad del Sistema Nacional de Transparencia”.