Información Sididh, La edición de hoy, Uncategorized — abril 27, 2015 at 8:50 am

Piden organizaciones a la Corte criterios sobre género, etnicidad y tortura sexual en casos de Inés y Valentina

* Hoy continúa el debate en el máximo órgano de justicia de México.

Trece años de lucha
Trece años de lucha

México, DF, 27 de abril de 2015. Con preocupación por “el aumento de las posiciones regresivas en materia de derechos humanos que se expresan en el Pleno” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), organizaciones de la sociedad civil pidieron a los magistrados establecer criterios efectivos en materia de género, etnicidad y tortura sexual al discutir hoy el cumplimiento de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú.

Las organizaciones defensoras de derechos humanos sostuvieron que, en reconocimiento a la dignidad de la lucha de ambas mujeres, la SCJN “aún tiene ante sí la oportunidad de ampliar la garantía de los derechos humanos, mediante el análisis que realizará a partir de este lunes 27 de abril, en lo concerniente a las obligaciones que imponen las sentencias en materia de género, etnicidad, tortura sexual y combate a la impunidad”.

La búsqueda de justicia de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú -mujeres mep’haa que en 2002 sobrevivieron graves violaciones a derechos humanos cometidas por elementos del Ejército mexicano-, “culminó con la emisión de dos sentencias de la Corte IDH en el año 2010. Éstas, imponen al Estado mexicano diversas obligaciones que deben ser acatadas sin cuestionamiento alguno. Justamente, el análisis que a partir del martes 21 de abril comenzó la SCJN, busca profundizar y desarrollar cuáles son los deberes a los que específicamente se encuentra obligado el Poder Judicial de la Federación”, recordaron las organizaciones.

Las organizaciones firmantes consideran que el análisis realizado por la SCJN “no ha mostrado a un Tribunal Constitucional que busque ampliar genuinamente las garantías de los derechos humanos”. Por el contrario, sostienen, tres momentos de la discusión han evidenciado que el Máximo Tribunal “vive un período de retrocesos”: al determinar la superioridad jerárquica de los derechos de la Constitución sobre los de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; al evitar analizar la compatibilidad de la reciente reforma en materia de fuero militar con el estándar fijado por la Corte IDH en sus sentencias; y con las posiciones que van en contra de lo establecido a partir del caso Rosendo Radilla, lo que pondría en riesgo “los incipientes avances en la garantía jurisdiccional de los derechos humanos que permitió la reforma constitucional de 2011”.

“Respecto de la impartición de justicia con perspectiva de género, de las sentencias de la Corte IDH se desprenden pautas de actuación muy concretas para las y los juzgadores que dirimen casos donde están en juego los derechos de las mujeres, en aspectos tan concretos como la valoración de la prueba. La resolución que emitirá la SCJN en el Varios 1396 podría fijar más criterios para la actuación del Poder Judicial en este tipo de casos”, lanzaron las organizaciones.

“En cuanto a la impartición de justicia con perspectiva de género, las sentencias conquistadas por Inés y Valentina indican cómo deben actuar los órganos estatales cuando mujeres indígenas acuden ante ellos buscando justicia. Estas sentencias se refieren a las medidas que deben adoptarse para respetar su identidad cultural, la manera de cómo debe recabarse su declaración inicial y durante el proceso. Al resolver este expediente, la SCJN podría pronunciarse sobre las medidas integrales que deben adoptar las juezas y los jueces para que las mujeres indígenas accedan a la justicia en forma efectiva”, detallaron.

En lo referente a la tortura sexual, las organizaciones defensoras señalaron que las sentencias de la Corte IDH son claras en establecer que la violación sexual cometida por servidores públicos constituye tortura. “Hoy en día, como lo ha señalado el Relator de las Naciones Unidas en la materia, la tortura en México es generalizada y afecta de forma diferenciada a las mujeres”, especificaron. “En este sentido, la resolución del Varios 1396 puede ayudar a que existan parámetros claros de actuación para las y los jueces que conocen casos de esta índole”.

“Finalmente, en lo que corresponde al combate contra la impunidad, es importante señalar que los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú se encuentran hoy ante el Poder Judicial de la Federación, pues los procesos correspondientes se ventilan en el juzgado Séptimo de Distrito en Chilpancingo y en el Juzgado Segundo de Distrito en Acapulco. Al resolver el expediente Varios 1396, la SCJN debe especificar las obligaciones que tienen dichos órganos judiciales para asegurar que los casos de ambas mujeres Me´phaa no queden impunes”, finalizaron las organizaciones.