Información Sididh, La edición de hoy, Uncategorized — febrero 24, 2015 at 9:00 am

Alarma a organizaciones opacidad en la Ley de Transparencia

* Más de 300 asociaciones e instituciones exponen los puntos de mayor gravedad para el derecho a la información.

Avanza la opacidad
Avanza la opacidad

México, DF. 24 de febrero de 2015. Más de 300 organizaciones sociales e instituciones públicas, así como un centenar de personalidades, hicieron público un comunicado donde establecen ocho puntos de preocupación sobre las modificaciones a la Ley General de Transparencia que se discute en el Senado. Las áreas de información en las que se permitirá mayor opacidad van desde las violaciones a derechos humanos hasta la explotación de hidrocarburos, pasando por la lista de personas a quienes se condonan créditos en materia tributaria; además, se facilita a organismos públicos y funcionarios reservar y negar información.

Las organizaciones firmantes, entre las que se encuentran decenas de organizaciones defensoras de derechos humanos, centros educativos como la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y facultades de la Universidad Nacional Autónoma de México, organizaciones internacionales como Freedom House y WOLA, además de asociaciones defensoras de la transparencia y la libertad de expresión de Chile, Paraguay, Bolivia, Argentina y Honduras, entre otros países, recordaron que en febrero de 2014 se aprobó una reforma constitucional “de avanzada” en materia de transparencia, y que para finales del mismo año, el Senado de la República, en conjunto con redes de organizaciones de la sociedad civil, desarrollaron una iniciativa de Ley General de Transparencia (LGT) que ampliaba “considerablemente” la protección del derecho de acceso a la información.  Sin embargo, la ley no fue aprobada el 7 de febrero, como estaba establecido por mandato constitucional, y ahora se discute una versión regresiva de ésta.

Entre los puntos de preocupación se encuentran el establecimiento de sanciones que limitan el derecho de acceso a la información, pues se incluye la posibilidad de castigar a los funcionarios de los organismos garantes del derecho a la información cuando revelan información que pudiera generar “daños” a los sujetos obligados, como pueden ser las instituciones públicas o funcionarios. Además, desaparece la obligación de generar la información, y los funcionarios simplemente podrán responder que no se documentó cualquier solicitud.

Las modificaciones introducidas a la Ley, denunciaron las organizaciones, limitan el acceso a la información sobre violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad, pues determinan que sólo se podría acceder si previamente autoridades como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos calificaron el hecho de esta manera.

La propuesta de ley también permite que se reserve información por causa de “estabilidad económica, seguridad nacional e integración de nuevas reservas”. Las y los académicos, defensores de derechos humanos y expertos civiles sostuvieron que las interpretaciones de estos términos “pueden ser muy amplias y por lo tanto abren la posibilidad de reservar una multitud de información”.

Queda eliminada de la ley la obligación de demostrar “interés legítimo” para clasificar información relacionada con seguridad nacional. Otros motivos que se podrán invocar para dejar información reservada serán los expedientes judiciales y los procedimientos administrativos en juicio que no hayan causado estado, además de que por disposición expresa de una ley sea considerada como tal. Se agrega que los Comités de Transparencia ya no tendrán que fundamentar la clasificación de información por medio de la aplicación de la llamada “prueba del daño”, lo que quiere decir que “los sujetos obligados no tendrán que valorar si el daño causado por la difusión de la información es mayor o menor que el interés público de conocerla”, explicaron los firmantes.

La propuesta que se discute en el Senado también afecta la inatacabilidad de las resoluciones del Instituto federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), pues el Consejero Jurídico podrá recurrir las resoluciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y los sujetos obligados tendrían que informarle en cuanto se les notificara una resolución que consideren que atenta contra la seguridad nacional.

Además, y en el contexto de la reforma energética, desaparecen las obligaciones de transparencia relacionadas con la gestión pública de las actividades de explotación de hidrocarburos, que debe ser hecha “en función del interés público, de manera transparente y con plena participación de la sociedad”, insistieron las organizaciones firmantes. “No se debe permitir un régimen especial establecido en otras leyes que mantenga este sector en la opacidad”.

Otro de los puntos de preocupación es que la propuesta a debate elimina la obligación de transparentar el listado de personas que han recibido cancelaciones y condonaciones en materia tributaria, que es una conquista reciente en materia de acceso a la información.

Las organizaciones sociales e instituciones públicas solicitan al Senado que mantenga los contenidos planteados en la iniciativa presentada el 2 de diciembre de 2014, y que se descarten las sanciones a los funcionarios públicos de los órganos de transparencia y las causales de reserva de información que afecten “la amplia y progresiva protección del derecho de acceso a la información, prevista en el artículo 6º Constitucional”.