Información Sididh, La edición de hoy, Uncategorized — diciembre 3, 2014 at 9:00 am

CIDH presenta informe sobre el Derecho a la Verdad; retoma caso de la FEMOSPP en México

*Da cuenta sobre las violaciones a los DH durante dictaduras, conflictos armados internos y violencia generalizada del siglo pasado

Por Olivia Vázquez Herrera

 

México, Audiencia Fiscalía para Movimientos del Pasado | Foto: CIDH
México, Audiencia Fiscalía para Movimientos del Pasado | Foto: CIDH

México, DF, 2 de diciembre. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió su informe sobre el Derecho a la Verdad en América, el cual recopila información sobre las múltiples y graves violaciones a los derechos humanos durante las épocas de dictadura, conflictos armados internos y situaciones de violencia generalizada durante el siglo pasado.

En ellas, prevalecía la desaparición forzada, la falta de acceso a la información, así como la aplicación de la jurisdicción penal militar y las leyes de amnistía para no sancionar a los responsables.

En el caso específico de México, la CIDH precisa en el informe sobre la creación, en 2011, de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), con el propósito de cumplir con la recomendación 26/2001 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y otras relacionadas para investigar lo sucedido en los 532 casos de personas detenidas desaparecidas.

La FEMOSPP, además, tenía la intención de dar una respuesta a la sociedad en torno a la acción del Estado respecto al movimiento estudiantil de 1986. “El 15 de diciembre de 2005, un grupo de investigadores entregó un borrador de informe. Sin embargo, a la fecha, el informe no se ha hecho público y sólo se conoce una versión en borrador publicada por el National Security Archive”, resaltó la CIDH en su informe.

La Comisión señaló que “en el caso de desapariciones forzadas, el informe destaca la obligación estatal de adoptar todas las medidas necesarias para esclarecer lo ocurrido, determinar el paradero de las víctimas, identificar los restos exhumados y entregar los restos a sus familiares. Asimismo, el informe señala que los Estados no pueden continuar empleando la jurisdicción penal militar en casos de violaciones de derechos humanos, sin importar el carácter civil o militar de la víctima ni del o de los acusados”.

Asimismo, el documento analiza las obligaciones que los Estados tienen para garantizar el derecho a la verdad frente a graves violaciones de derechos humanos; además de que hace referencia específica a los avances y desafíos en varios países de la región en esta materia. También resalta la incompatibilidad de las leyes de amnistía con el derecho internacional.

Respecto a la falta de acceso a la información sobre los crímenes de lesa humanidad perpetrados en esos años, la Comisión manifestó que el Estado “tiene el deber de aportar toda documentación de cualquier tipo, incluyendo archivos militares o documentos clasificados como ‘secretos’ o bajo cualquier otra denominación que restrinja su circulación, a fin de contribuir con las investigaciones que se realicen por este tipo de graves violaciones”.

La Comisión Interamericana subrayó que el informe no es exclusivo del pasado, “sino que es una contribución al presente, para coadyuvar a que las democracias de hoy puedan avanzar en saldar la deuda pendiente, y es una contribución al futuro también. Porque la garantía del Derecho a la Verdad permite construir un futuro exento de este tipo de abusos”; y que con él busca generar una plataforma de discusión “con el objetivo de mejorar y consolidar la legislación, las políticas y las prácticas de los Estados en relación con el Derecho a la Verdad”.