Información Sididh, La edición de hoy, Uncategorized — septiembre 9, 2014 at 8:50 am

Revisarán derecho a la verdad por masacre de migrantes en Tamaulipas y Nuevo León

*SCJN  podrá analizar al IFAI como garante del derecho de acceso a la información respecto a violaciones graves de DH

Screenshot
En memoria de 72 migrantes asesinados | Imagen retomada de internet


México, DF, 8 de septiembre de 2014.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el pasado 3 de septiembre ejercer su facultad de atracción para estudiar un amparo en revisión interpuesto por la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) por violaciones al derecho de acceso a la información y al derecho a la verdad en la masacre de 72 personas migrantes en San Fernando, Tamaulipas, en 2010, de los 193 cuerpos encontrados en fosas clandestinas de San Fernando en 2011, y en la masacre de 49 personas en Cadereyta, Nuevo León en 2012.

La Fundación considera que con esta decisión, el Máximo Tribunal podrá avanzar criterios sobre el derecho de acceso a la información en averiguaciones previas que investiguen graves violaciones a derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.

Mediante un comunicado señalaron que la SCJN tendrá la oportunidad de estudiar el estándar vigente de violación grave a derechos humanos para efectos de acceso a la información de carácter público; reconocer el acceso a la información pública como garantía del derecho a la verdad en casos de graves violaciones a derechos humanos.

La FJEDD recordó que desde la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, los expedientes de graves violaciones a derechos humanos deben de ser públicos. Sin embargo, la Procuraduría General de la República (PGR) clasificó como “información reservada”, por lo que solicitó al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que desclasifique la información. Éste determinó que no era de su competencia determinar si estas masacres de personas migrantes son graves violaciones a derechos humanos y que ninguna autoridad competente les había clasificado como tal.

Por ello, la SCJN podrá analizar la efectividad del IFAI como garante del ejercicio del derecho de acceso a la información respecto a violaciones graves de derechos humanos y delitos de lesa humanidad.

Asimismo, la SCJN tiene la posibilidad de asentar un precedente importante para desclasificar información bajo reserva y confidencialidad por varios años y que ayudará a abrir y transparentar todos los casos donde haya graves violaciones a derechos humanos, siguiendo el camino abierto a partir del caso Rosendo Radilla Pacheco.

¿Por qué llegó a la Suprema Corte?

La FJEDD promovió un juicio de amparo contra la resolución del IFAI que obstaculiza el derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad sobre estas masacres de personas migrantes en su tránsito por México. El Juzgado Octavo de Distrito había fallado a favor de la FJEDD y clasificó prima facie (a primera vista, sin análisis de fondo) las masacres como graves violaciones de derechos humanos para que se hagan públicos los informes correspondientes. Esta sentencia fue impugnada por la PGR que solicitó la atracción del caso por la SCJN.