Uncategorized — mayo 16, 2014 at 9:35 am

Sentencia por caso Israel Arzate, un paso en lucha contra la tortura: OSC

*La sentencia puede favorecer al cambio estructural para erradicar la tortura, señalan más de 80 organizaciones

Israel con su mamá Guadalupe Meléndez
Israel Arzate con su madre Guadalupe Meléndez, durante conferencia, tras ser liberado en 2013.

México, DF, 15 de mayo. Más de 80 organizaciones de todo el país, señalaron mediante un comunicado que la sentencia en torno al caso de Israel Arzate, cuyo engrose fue publicado el pasado lunes 12 de mayo por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), representa un notable avance para la justicia en México.

Consideran que los criterios que se derivan de la sentencia pueden favorecer un cambio estructural para erradicar la sistemática utilización de la tortura en nuestro país.

El fallo de la SCJN reconoce  la importancia de la presunción de inocencia, al determinar la ausencia de pruebas para vincular a Israel Arzate con los hechos de Villas de Salvárcar, y por ello decretar su libertad.

Por otra parte, al invalidar las pruebas derivadas de la ilegal detención y retención en instalaciones militares, por su relación con la tortura, detectó y sancionó las irregularidades existentes en el proceso y con ello favorece que las autoridades realicen investigaciones eficaces y eviten recurrir a violaciones a derechos humanos para responder al clamor social de justicia.

Al determinar que su confesión (único elemento con que la Fiscalía del Estado de Chihuahua pretendía vincularlo con los hechos) fue coaccionada y recabada en instalaciones militares, “reconoce que la misma es inadmisible y no confiable” y la subsana al exigir su inmediata libertad.

Una vez que la Primera Sala reiteró la invalidez de la única prueba en contra de Israel Arzate al estar “afectada en su ilicitud por la conducta indebida y arbitraria de los elementos del Ejército Mexicano en su detención y retención en una garita militar” su inocencia es clara. Ello en virtud del principio de presunción de inocencia que implica que es el Estado quien debe de probar a satisfacción de los tribunales correspondientes  responsabilidad penal de cualquier persona.

Tomando en cuenta que la SCJN determinó la invalidez del auto que vinculó a Arzate con los hechos en razón de que “los datos de prueba que incriminaron al mencionado quejoso carecen de validez jurídica, y al haber sido el sustento del auto de vinculación a proceso, son razones suficientes para invalidarlo”, las organizaciones consideran que esta resolución es un logro de la justicia.

Pero, al mismo exigieron al Estado mexicano que realice las acciones necesarias para dar con los verdaderos responsables de los hechos y garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de Villas de Salvárcar.

Entre las organizaciones firmantes se encuentran: Alianza Cívica Nuevo León, Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz «Bety Cariño», Centro de Derechos Humanos Juan Gerardi A.C. de Torreón Coahuila, Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, A.C., Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo A.C.,Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C., Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos/as en Nuevo León, Grupo de Articulación Justicia en Juárez, Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 74 organizaciones en 20 estados de la República mexicana).