*El Centro Prodh señala que es un avance en la protección a los DH y reitera la inocencia de Israel
México, D.F.- El día de ayer se dio a conocer públicamente el engrose de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el caso de Israel Arzate.
Ante ello, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez señaló que esta resolución refrenda la exclusión de pruebas obtenidas bajo violación a derechos humanos –como la tortura–, la prohibición de retener materialmente a personas en instalaciones militares y realizar en ellas actuaciones propias del Ministerio Público como la toma de declaraciones y las obligaciones de las autoridades cuando existen indicios de tortura.
La resolución es un avance en la protección de los derechos humanos (DH), particularmente en un contexto de graves violaciones cometidas por elementos de las Fuerzas Armadas, puntualizó el comunicado.
En este contexto, Israel Arzate y su defensa expresan su beneplácito por la citada publicación y consideran que con ella se ratifica que él no tuvo ninguna participación en los hechos en que se pretendió involucrarlo. De la misma manera consideran que esta sentencia es un paso para el esclarecimiento de los hechos de Villas de Salvárcar y para desterrar la práctica sistemática de la tortura en México.
El documento oficial publicado por la SCJN, determinó que el único elemento con que la Fiscalía del Estado de Chihuahua pretendía vincularlo con los hechos –su confesión– fue coaccionada y en instalaciones militares, lo que representa una grave violación a DH y no un tecnicismo. Con ello se confirma que no existe ningún elemento en su contra, ni motivo para afirmar que tuvo relación con estos hechos.
La SCJN señaló que: “No existieron datos previos de investigación que vincularan a Israel Arzate con los anteriores hechos [de Villas de Salvárcar]; antes bien, […] fue detenido por militares, pero no por aquellos hechos sino bajo la diversa imputación de posesión de un vehículo robado (lo que nunca fue justificado), además de que permaneció retenido en una garita militar, asimismo, existieron elementos relacionados con la luego aducida tortura. En ese contexto se obtuvo su confesión como dato de prueba preponderante que lo vinculó con los delitos referidos”.
El Centro Prodh coincide con la SCJN cuando señala la obligación de garantizar plenamente el derecho a la verdad y la justicia: “la autoridad ministerial encargada de la investigación debe seguir con la misma a efecto de esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades penales correspondientes”; determinación que no se dirige contra Israel Arzate, sino implica una directriz de la SCJN que reitera la obligación de las autoridades de Chihuahua de investigar adecuadamente y permitir a las víctimas un efectivo acceso a la justicia.
Dicha resolución emerge de un joven inocente detenido arbitrariamente por militares cuando salía de su trabajo y torturado varios días para obligarlo a que se inculpara por hechos en los que no participó, igual que en numerosos casos de fabricación de culpables documentados de Ciudad Juárez y otras localidades. En todo Estado democrático y de derecho las personas no deben probar su inocencia. Antes y después de la publicación de este engrose Israel ha sido inocente, pues la Fiscalía no ha presentado pruebas para vincularlo a lo largo de los cuatro años en que tuvo oportunidad para hacerlo. Por el contrario prefirió mediatizar el caso para generar una percepción pública de culpabilidad.