Suprema Corte otorga amparo a sociedad civil en favor de la transparencia judicial



Ciudad de México, 04 de febrero
 de 2021. Todas las juezas, jueces, magistradas y magistrados del país, tanto a nivel federal como local, se encuentran obligados a poner a disposición de la ciudadanía todas y cada una de las sentencias que dicten en los casos que resuelvan, sentenció la Suprema Corte de Justicia de la Nación con motivo de un amparo promovido por el colectivo #LoJustoEsQueSepas.

El juicio fue promovido en contra de las y los jueces del estado de Zacatecas por no hacer públicas  sus sentencias, al no considerarlas de “interés público”. Con este caso, el colectivo buscaba que la Suprema Corte, en última instancia, se pronunciara a favor de la publicación de todas las sentencias, lo que finalmente sucedió.

El amparo otorgado por la Primera Sala de la Corte declara que las normas que permiten que quede a discreción de las personas impartidoras de justicia si publican o no sus resoluciones son inconstitucionales y obliga a todos los jueces y magistrados de Zacatecas a poner a disposición de la ciudadanía la totalidad de las sentencias que han emitido en los últimos años.

Aunque el 13 de agosto de 2020 se reformó el artículo 73 de la Ley General de Transparencia para determinar que los Poderes Judiciales deben publicar todas las sentencias, a la fecha sigue vigente la versión anterior de la Ley -reclamada en la demanda de amparo-, ya que se estableció un plazo de 180 días para que la nueva ley entre en vigor.

«Desde el 2018, el colectivo #LoJustoEsQueSepas ha trabajado porque todas las sentencias emitidas por los poderes judiciales federales y locales sean consideradas de interés público. Primero, porque la publicación de las sentencias permite conocer cómo se está impartiendo justicia y detectar aquellas sentencias que violan derechos humanos en lugar de garantizarlos. Segundo, porque la publicación de las sentencias nos permite vigilar el desempeño de las y los jueces», explicaron Equis Justicia para las Mujeres, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, ARTICLE 19, Borde Político, Fundar, México Evalúa y Controla Ty Gobierno.

Las organizaciones explicaron que el derecho de acceso a la información es un derecho constitucional y la transparencia y rendición de cuentas son obligaciones de los sujetos obligados, por lo que no pueden ni deben estar sujetos a controles políticos.

«Como organizaciones integrantes de la sociedad civil continuaremos velando por el mejoramiento constante y la autonomía de los organismos garantes de la transparencia y la rendición de cuentas. Celebramos este gran paso a favor de la transparencia judicial que fortalece la independencia y legitimidad del Poder Judicial e incentivará la participación ciudadana al permitirles ejercer libremente sus derechos de acceso a la información, libertad de expresión y opinión respecto a la impartición de justicia», finalizaron.