La responsabilidad de proteger a las personas desplazadas es del Estado, ya que las y los desplazados internos no cruzan ninguna frontera internacional. Desafortunadamente, las debilidades institucionales y fallas del propio Estado, que son la causa del desplazamiento, lo imposibilitan para brindar la atención, protección y asistencia que requieren las personas desplazadas, dejándolas en un vacío legal y en total desprotección.
Para la situación de México, es responsabilidad del gobierno mexicano -particularmente de la Secretaría de Gobernación- establecer una política de derechos humanos, de población y de seguridad.
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) tendría que reconocer al desplazamiento interno como un hecho que por sí solo genera víctimas y con ello, registrar y atender a las y los desplazados internos en su condición.
Teniendo en cuenta la desatención de las autoridades del país en los tres niveles de gobierno (Federal, Estatal y Municipal), resulta de suma importancia que la CNDH intervenga en el cumplimiento de las obligaciones que le corresponden al Estado mexicano de brindar atención y protección, acceso a la justicia, verdad, reparación y no repetición.
Finalmente, el Congreso de la Unión deberá adoptar una Ley General sobre Desplazamiento Interno y garantizar que en las nuevas reformas a la Ley General de Víctimas, que están actualmente en discusión, queden protegidos de manera explícita y sólida los derechos de las víctimas de desplazamiento interno.
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