{"id":71251,"date":"2022-09-13T09:24:06","date_gmt":"2022-09-13T14:24:06","guid":{"rendered":"https:\/\/centroprodh.org.mx\/sididh4_0\/?p=71251"},"modified":"2022-09-13T09:24:06","modified_gmt":"2022-09-13T14:24:06","slug":"la-guardia-nacional-y-el-fraude-constitucional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/centroprodh.org.mx\/sididh4_0\/2022\/09\/13\/la-guardia-nacional-y-el-fraude-constitucional\/","title":{"rendered":"La Guardia Nacional y el fraude constitucional"},"content":{"rendered":"<body><p><a href=\"https:\/\/elpais.com\/mexico\/2022-09-12\/la-guardia-nacional-y-el-fraude-constitucional.html\"><em>Este art\u00edculo se public\u00f3 originalmente en el diario <strong>El Pa\u00eds.<\/strong><\/em><\/a><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El Senado consum\u00f3 el fraude constitucional que la C\u00e1mara de Diputados inici\u00f3 al aprobar, sin mover una coma, la iniciativa presidencial sobre Guardia Nacional. Y es que lo aprobado por las y los legisladores pasa abiertamente por encima del art\u00edculo 21 constitucional y profundiza la militarizaci\u00f3n. No hay manera de hacer compatible esas reformas con una Constituci\u00f3n que expresamente ordena que la Guardia Nacional sea civil.<\/p>\n<p>Las deficiencias de las modificaciones son m\u00faltiples. Se rompe la cadena de mando civil al proponerse, en el art\u00edculo 12 de la Ley de la Guardia Nacional, que el primer nivel jer\u00e1rquico de la corporaci\u00f3n lo detente la Sedena. En el art\u00edculo 13, se establece una intervenci\u00f3n castrense en la Guardia Nacional que excede el apoyo temporal para su consolidaci\u00f3n institucional y supone que aquella asuma el control pleno de esta, bajo el concepto de que los militares ejerzan el \u201ccontrol operativo y administrativo\u201d, al tiempo que el art\u00edculo 19 abre la puerta a la supeditaci\u00f3n de la Guardia a los mandos territoriales castrenses.<\/p>\n<p>Por otro lado, se ampl\u00edan las facultades de la Guardia Nacional respecto de la investigaci\u00f3n de delitos y la realizaci\u00f3n de labores de inteligencia, en el art\u00edculo 21, aunque la asignaci\u00f3n de estas facultades se encuentra impugnada ante la Suprema Corte de Justicia, que lamentablemente ha demorado demasiado en dirimir si esto es constitucional. Tambi\u00e9n se extienden los alcances del fuero militar por efecto del art\u00edculo 57 de la misma Ley. Finalmente, mediante el art\u00edculo Sexto Transitorio, se plantea que la Secretar\u00eda de Seguridad transfiera los recursos presupuestarios y financieros correspondientes a la Sedena, con lo que contin\u00faa el aumento sin controles del presupuesto castrense. Este esquema no se presenta, adem\u00e1s, como provisional, sino como definitivo.<\/p>\n<p>Es claro: al no tener los votos suficientes para modificar la Constituci\u00f3n, que se decanta en el art\u00edculo 21 por la v\u00eda civil en la seguridad p\u00fablica \u2014estableciendo con ello una verdadera garant\u00eda org\u00e1nica de los derechos en favor de las personas\u2014, las y los diputados que detentan la mayor\u00eda aprobaron reformas que dicen respetar la Constituci\u00f3n solo para disfrazar su incumplimiento. Su proceder encaja en la definici\u00f3n que el ministro Arturo Zald\u00edvar brindara sobre el fraude constitucional: \u201cesencialmente consiste en simular que un acto o una norma son compatibles con la Constituci\u00f3n, cuando no lo son\u201d.<\/p>\n<p>Sin duda, la sociedad anhela la disminuci\u00f3n de la violencia, que tanto dolor y sufrimiento ha causado desde hace tres lustros. Esta es una exigencia urgente en los Estados m\u00e1s lastimados por la violencia, donde con toda raz\u00f3n la poblaci\u00f3n est\u00e1 cansada y espera respuestas, provengan de quien provengan. Por ello, es deseable que la Guardia Nacional se consolide. Pero ir en contra de la Constituci\u00f3n para entregar por entero esta corporaci\u00f3n naciente al Ej\u00e9rcito es una decisi\u00f3n errada, que acarrear\u00e1 sus propios problemas. Los senadores y las senadoras no evitaron este fraudulento desacierto. Corresponder\u00e1 hacerlo a la Suprema Corte, por lo que es deseable que los sujetos legitimados para ello interpongan acci\u00f3n de inconstitucionalidad.<\/p>\n<p>Estamos entrando al \u00faltimo tercio de un sexenio que en seguridad y justicia dista de lo esperado. En lo primero, por entregarse por entero a la perspectiva castrense, ampliando el protagonismo militar en seguridad y en otras tantas labores p\u00fablicas; en lo segundo, por gastar demasiada energ\u00eda fustigando a la judicatura, cuando en realidad nuestro problema principal de impunidad tiene que ver con que no contamos con fiscal\u00edas funcionales y capaces, tema en el que durante esta Administraci\u00f3n se han dado pasos hacia atr\u00e1s. En este contexto, la crisis de violencia contin\u00faa: no es herencia del pasado.<\/p>\n<p>*Santiago Aguirre es director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agust\u00edn Pro Ju\u00e1rez.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<\/body>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este art\u00edculo se public\u00f3 originalmente en el diario El Pa\u00eds. \u00a0 El Senado consum\u00f3 el fraude constitucional que la C\u00e1mara de Diputados inici\u00f3 al aprobar, sin mover una coma, la iniciativa presidencial sobre Guardia Nacional. 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