
En días recientes, ARTICLE 19 México y Centroamérica promovió un juicio de amparo indirecto contra la negativa reiterada del Tribunal de Disciplina Judicial para cumplir con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), al omitir su registro como sujeto obligado en la Plataforma Nacional de Transparencia.
Con la reforma judicial de 2024 se extinguió el Consejo de la Judicatura Federal y se crearon, en su lugar, el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial. Posteriormente, en marzo de 2025, se reformó la LGTAIP para establecer la obligación de las autoridades para darse de alta como sujetos obligados en la Plataforma Nacional de Transparencia. En el artículo 18° transitorio de esta ley se estableció un plazo máximo de 30 días naturales para que el Tribunal cumpliera expresamente con esta disposición.
Más de un año después, el Tribunal opera en condiciones de opacidad y desacato. Actualmente, las personas que buscan información sobre este órgano no pueden realizar su proceso de acceso a la información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. Esto les impide presentar solicitudes de acceso a la información, obtener un folio, darles seguimiento, recibir una respuesta válida y, en su caso, activar los medios ordinarios de impugnación previstos en la legislación de transparencia. Este incumplimiento, no solo obstaculiza ejercer el derecho de acceso a la información pública, también la transparencia judicial y la rendición de cuentas en procedimientos disciplinarios.
