La iniciativa de reformas a la Ley de Amparo presentadas por el Ejecutivo el pasado 15 de septiembre no acaba con este medio de control constitucional, pero tampoco supone un avance sustantivo para el acceso a la justicia. Además, en aspectos no menores, conlleva retrocesos preocupantes. La propuesta incluye algunos aspectos positivos: mejorar la tramitación del juicio de amparo por medios digitales; fijar diversos plazos que pueden contribuir a que estos juicios se desahoguen más rápido; y dificultar la evasión fiscal por vía del amparo.
No obstante, hay al menos tres aspectos regresivos en la iniciativa: 1) se acota la figura del “interés legítimo”; 2) se limitan los alcances de la suspensión como medida cautelar; 3) se aumenta el margen para incumplir las sentencias al diluirse las consecuencias derivadas del desacato.
La propuesta de acotar la figura del “interés legítimo”, con la modificación propuesta al artículo 5, merece un tratamiento diferenciado por el efecto que puede tener para la defensa de los derechos humanos desde la sociedad civil.
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