Tras casi tres años de un litigio impulsado por organizaciones de sociedad civil que documentan casos y acompañan a víctimas de tortura en México, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México dictó sentencia dentro del recurso de revisión 458/2023 en la que se ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) la expedición del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (PNT) en cumplimiento con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura (LGT).
Desde 2019, las organizaciones junto con un grupo amplio de la sociedad civil sostuvieron mesas de trabajo –con la asesoría técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)– con diversas autoridades, incluyendo la FGR y la Secretaría de Gobernación (SEGOB), y organismos públicos de derechos humanos, para la construcción participativa del PNT, incluyendo un diagnóstico que reconoce la persistente práctica de tortura en el país, así como la definición de propuestas de objetivos, estrategias, líneas de acción, indicadores e instrumentos de seguimiento de evaluación, definidos en un Comité Directivo. Lamentablemente y, a pesar del trabajo conjunto para la conclusión del PNT, al día de hoy éste no se ha publicado.