En breve, el Senado tomará una decisión relevante para los derechos humanos. Antes del 8 de noviembre, a partir de la terna que propongan las comisiones de justicia y derechos humanos, el Pleno elegirá a quien estará al frente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para el periodo 2024-2029.
La reelección no es deseable. Esta consideración tiene que ver con la naturaleza misma de la institución ombudsperson y encuentra eco en los estándares internacionales sobre estas instituciones: los “Principios de París”, aprobados en el ámbito de la ONU en 1993, y los “Principios de Venecia”, desarrollados para el ámbito europeo en 2019. En estos últimos, el Principio 10 señala “La duración del mandato se limitará preferentemente a uno solo, sin posibilidad de reelección”.
Y es que cuando la persona titular de un órgano encargado de fungir como contrapeso puede reelegirse, se genera un fuerte incentivo perverso para inhibir el ejercicio cabal de su autonomía. Así lo hemos vivido en México y después de la filtración masiva de documentos militares en los #GuacamayaLeaks tenemos prueba de que en efecto así es: los documentos indican, por ejemplo, que un exombudsman de lamentable desempeño negoció recomendaciones para buscar su reelección. Un episodio que ahora hay que recordar para advertir el riesgo de la reelección, pero también porque este personaje ha sido propuesto para integrar el Comité que evaluará los perfiles que desde el Poder Judicial se propongan para la riesgosa elección de ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.