Uncategorized — octubre 17, 2012 at 9:35 am

Caso Hugo Sánchez Ramírez se discute hoy en la Corte

Hugo Sánchez, es un joven mazahua del Estado de México, a quien se le acusó en julio de 2007 por “actitud sospechosa”, criterio altamente discrecional y arbitrario que sirvió para iniciarle un proceso judicial. Hoy su caso será tratado en la Suprema Corte de Justicia, este hecho reviste de una importancia para Hugo y para todos los jóvenes que viven la discriminación estructural por ser indígenas.

hugoA Hugo le sembraron armas para justificar su detención y tras su liberación bajo fianza lo acusaron del secuestro de dos menores de edad ocurrido meses antes. Numerosos testigos explicaron que Hugo no podía haber estado en el lugar de los hechos y los testigos coaccionados retiraron sus supuestos testimonios durante el proceso.

El juicio duró dos años y partió de la presunción de culpabilidad. Hugo fue declarado culpable y condenado a más de 37 años de prisión. Por la violación de sus derechos humanos y por la trascendencia jurídica del caso, la Primera Sala de la SCJN atrajo para su resolución los amparos directos interpuestos por el Centro Prodh a favor de Hugo. La resolución de la Corte podrá limitar la discrecionalidad de los cuerpos policiacos, comenzando a limitar la fabricación de delitos y la criminalización de personas inocentes.

El Grupo de Trabajo (GT) sobre la Detención Arbitraria, órgano de la ONU cuyo mandato le faculta para resolver casos individuales de detenciones arbitrarias y emitir opiniones a los Estados hizo algunos señalamientos por las violaciones a los derechos humanos de Hugo Sánchez Ramírez, apenas el viernes 12 de octubre. La Opinión vertida sobre Hugo es la siguiente: “Las violaciones al debido proceso fueron notorias y de particular gravedad” incluyendo “una obstaculización sistemática de la defensa del Sr. Sánchez Ramírez”. Destaca además “la práctica irregular de proceder a la detención arbitraria de una persona de escasos recursos económicos o perteneciente a sectores vulnerables de la población, particularmente indígena”. Por todo lo anterior, el GT declara que el Estado ha incurrido en “flagrante transgresión” de una larga serie de derechos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos de Naciones Unidas y exige al Estado “disponer la inmediata liberación del afectado, eliminando toda referencia en los documentos oficiales del Estado de la condición de sentenciado para todos los efectos legales y administrativos”.

Hoy existe la posibilidad de fortalecer el respeto a los derechos humanos, la presunción de inocencia y la eficacia del sistema penal mexicano, como afirmaron las organizaciones internacionales: Fundación para el Debido Proceso Legal, el Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales y la Oficina de Washington para Asuntos Latinoamericanos, Hoy es la oportunidad de revisar la discrecionalidad de criterios como detener personas por “actitud sospechosa”. Otros temas fundamentales a discutir son la admisibilidad de pruebas ilícitas; la igualdad en la valoración de pruebas de cargo y descargo; la presunción de inocencia, regularmente negada, como apreciamos en el caso de Hugo.

Erradicar algunos de estos patrones de violaciones a los derechos humanos recurrentes en los procesos contra personas indígenas será un paso en el camino de desterrar la discriminación estructural que hoy impera en el sistema de justicia penal en México. Hoy puede haber un avance significativo en la práctica de los derechos humanos.