El 26 de octubre de 2012, aproximadamente entre las 9:30 y las 10:00 horas, María del Sol fue detenida por elementos de la extinta Agencia Veracruzana de Investigación (AVI) sin que le mostraran orden de aprehensión. La detención se suscitó afuera de su trabajo, las oficinas de Hacienda del Estado en la ciudad de Córdoba, Veracruz.
Posterior a su detención fue trasladada a las oficinas de la AVI en Córdoba, donde permaneció incomunicada y retenida ilegalmente por más de catorce horas. En ese mismo lugar, fue llevada a una oficina donde entraron seis hombres aproximadamente, quienes insistentemente dijeron que debía aceptar que conocía a ciertas personas. Al no hacerlo fue torturada sexualmente, golpeada, asfixiada, insultada, desnudada, amenazada con matar a su familia y sometida a choques eléctricos mientras estaba esposada y con los ojos vendados, todo esto para que aceptara haber participado con otras dos personas en el secuestro de una mujer.
María del Sol negó ser cantinera de bares en la ciudad de Orizaba como los agentes aprehensores afirmaron, tampoco reconoció a las personas con las cuales la trataban de vincular, incluso ella les dijo que revisaran su credencial de trabajo que estaba en su cartera para que pudieran constatar que trabajaba en Hacienda del Estado y, a pesar de que lo hicieron, continuaron amenazándola para que aceptara todo lo que ellos le decían -incluyendo que se inculpara de delitos que no cometió- pues de lo contrario la iban a violar entre todos y asesinarla.
Fue presentada a medios de comunicación antes de llevarla ante un Juez y, mediante engaños, la hicieron firmar unas hojas, posteriormente se dio cuenta que éstas se habían empleado para plasmar su declaración, misma que no tenía nada que ver con la realidad.
En los expedientes del caso se encuentran tres certificados médicos emitidos por dos médicos y una médica adscritos a diversas dependencias, que son coincidentes en la presencia de lesiones en diversas partes del cuerpo y, por consecuencia, la pérdida de integridad reciente.
Asimismo, de las constancias se desprenden más irregularidades en la detención puesto que en el oficio donde los agentes de la AVI informan sobre ésta, no mencionan datos sobre la hora ni condiciones en que se llevó a cabo. En actuaciones posteriores los agentes aprehensores mencionan horas de detención distintas que difieren por hasta 9 horas.
A lo anterior se suman las violaciones a lo largo de todo el proceso y en diligencias esenciales, mismas que permiten afirmar que el caso de María del Sol es uno más de fabricación de culpables.
El 26 de febrero de 2015, el juez Primero de Primera Instancia con sede en Córdoba dictó sentencia en su contra por los delitos de secuestro agravado y robo específico, condenándola a 24 años de prisión y multa de más de 20 mil pesos. Esta sentencia fue apelada por la defensa de María del Sol y confirmada por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Por lo anterior, el 27 de octubre de 2016 María del Sol presentó demanda de amparo directo en contra de la sentencia de apelación, mismo que se encuentra pendiente de resolver por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito con Residencia en Boca del Río, Veracruz.
Por otra parte, la madre de María del Sol acompañada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), presentó en marzo de 2015 una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Veracruz por actos de tortura, tortura sexual, incomunicación y detención ilegal. Fue hasta noviembre de 2016, que se realizó el dictamen médico- psicológico con base en el Protocolo de Estambul por parte de los peritos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las conclusiones fueron entregadas en enero de 2017 e indican la existencia de evidencias y secuelas de actos constitutivos de tortura.
El 12 de mayo de 2017, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Veracruz (CEDHV) emitió la Recomendación 16/2017, dirigida al Fiscal General del Estado y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de Veracruz, por la violación de los derechos a la libertad y seguridad personal, así como a la integridad personal en perjuicio de María del Sol, debido a la retención injustificada y actos de tortura y violencia sexual cometidos en su contra y por la omisión de investigarlos por parte de la autoridad judicial del estado.
Unos días después, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito con Residencia en Boca del Río, Veracruz, resolvió que se debía modificar la sentencia de apelación, excluyendo al menos dos pruebas –entre ellas, su declaración- debido a que fueron obtenidas violando el derecho a una defensa adecuada.
La defensa de María del Sol, con el apoyo del Centro Prodh, ofreció a la Tercera Sala Penal del Estado de Veracruz el dictamen positivo por tortura (basado en el Protocolo de Estambul) y la recomendación de la CEDHV con la finalidad de que también se reconociera la ilicitud del resto de pruebas en su contra.
En uso de sus facultades y considerando las graves violaciones a los derechos humanos de esta joven mujer, la Tercera Sala Penal del Estado de Veracruz finalmente reconoció la inocencia de María del Sol, que fue liberada el 21 de agosto de 2017.