Luis Arriaga

A partir del trabajo que realizamos en el Centro Prodh hemos constatado las violaciones a derechos humanos de quienes residen o transitan por el territorio mexicano.  Estas violaciones nos son referidas por grupos que trabajan directamente con los y las migrantes, como el Centro de Derechos Humanos Fray Marías de Córdova.

Desde el Centro Prodh, nos hemos enfocado a considerar asuntos relacionados con las actuales políticas de seguridad pública, el funcionamiento del sistema de justicia, la situación de personas y colectivos afectados por la intervención gubernamental y empresarial que afecta su modo de vida, sus recursos y su ambiente, así como la situación de quienes son agredidos o sancionados por exigir respeto a sus derechos y oponerse a la prepotencia de las autoridades. Los casos en que esto se hace muy concreto y nos interpela por tratarse situaciones que atentan contra la dignidad humana se repiten por todo el país. De esto hay pruebas, la documentación realizada por quienes defienden y promueven derechos humanos así lo confirma.

El informe presentado hoy por el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, sobre las condiciones de detención en la estación migratoria Siglo XXI, en Tapachula, Chiapas, confirma y se suma a la denuncia documentada y consistente de las violaciones a los derechos humanos de quienes estamos en el territorio de México.

La lectura del informe si bien no nos permite, por su extensión y por su metodología, acceder a la diversidad de historias de vida ni nos pone de manera inmediata frente al infierno que significa ser migrante en México, sí completa nuestra comprensión de este proceso humano: la migración, que siendo una condición que ha estado presente en la historia de la humanidad es hoy criminalizado y obstaculizado.

El informe, nos presenta de manera clara los resultados de la investigación realizada sobre una muestra ampliamente representativa de quienes son detenidos en la estación Siglo XXI. La lectura de los datos nos permite ver que no hay para los migrantes un encuentro con las autoridades en el que no exista alguna violación a sus derechos humanos. A esto debemos sumar las dificultades de todo el recorrido, las extorsiones, los abusos cometidos por autoridades de los más diversos órdenes y además el flagelo del crimen organizado, junto al hambre, el frío y la sed.

La parte B del capítulo V, donde se documenta la situación de derechos humanos sobre el debido proceso, resulta asombrosa para quienes hemos acompañado a las personas que en México enfrentan procesos judiciales. Hay similitudes, guardando las proporciones, que nos llevan a concluir que las dificultades para el acceso a la justicia no son hechos aislados sino una práctica sistemática y arraigada en nuestro país.

Se indica en el informe que las garantías de una persona privada de su libertad están ordenadas en el artículo 21 constitucional y que aun cuando éste no se refiere específicamente a las personas privadas de su libertad por motivos administrativos, como es considerada la detención de migrantes, éstas deben ampliarse a las personas sometidas a cualquier forma de detención. Es un criterio debidamente fundamentado. Sin embargo un problema inicial es que estas garantías no son tales aun para las personas detenidas por procesos penales.

En relación con su derecho a declarar y a ser informados sobre sus derechos, casi 7 de cada 10 manifestaron no haber comparecido ante autoridades migratorias y casi 8 de 10 no fueron informadas sobre sus derechos. Con esto tenemos ya una primera violación a los derechos humanos de los migrantes detenidos y la frecuencia con que sucede es alarmante, es un porcentaje muy superior al 50%.

En cuanto a la asistencia legal se constata que sólo 3% de quienes sí pudieron declarar, contó con un abogado o una persona de su confianza, se agrega en el estudio del Fray Matías que en un periodo de dos meses ninguna persona ejerció tal derecho. Combinando los porcentajes resulta que sólo dos personas de cien han recibido esta garantía. ¿Aún así se afirma que en México son respetados los derechos humanos?

Al tratar sobre el acceso a la justicia, es decir, a la posibilidad de recurrir al aparato de justicia para defender sus derechos e intereses descubrimos que es ya un sinsentido pretender levantar los datos correspondientes. Si las personas detenidas no declararon, no fueron informadas sobre sus derechos y no contaron con la asistencia adecuada, ¿cómo pretender que sin haberse cumplido los anteriores requisitos procesales quepa todavía la posibilidad de acudir en condiciones favorables a los órganos competentes, sobre todo si se trata de personas cuyas condiciones las sitúan en mayor vulnerabilidad?

Relacionada con la asistencia consular, garantizada por la Convención de Viena, se nos informa que 237 de 304 personas no habían recibido la visita de ninguna autoridad de su país. No se nos dice, pero cabe pensar que si las garantías ya comentadas no fueron otorgadas es altamente probable que las autoridades mexicanas no hayan notificado a las autoridades de los países correspondientes. No debe descartarse el interés o el desinterés de las autoridades de otros países por personas que se han visto forzadas a emigrar para buscar en otros países lo que en el suyo no fue garantizado por las autoridades responsables de hacerlo.

Finalmente se menciona, aunque solamente se encontró un caso que no es estadísticamente significativo, que no se ha garantizado el derecho a contar con un traductor cuando ha sido necesario. Esto no se afirma sin fundamento, se nos remite a otro informe del Centro Fray Matías.

La lectura de estos hechos, lo he afirmado ya, nos remite a las violaciones a estos mismos derechos en los casos de personas que enfrentan procesos penales.

La falta de control judicial sobre la detención, el hecho de conceder validez a las confesiones obtenidas bajo tortura, la calificación previa que permite aplicar en la práctica dos sistemas penales, uno para amigos y otro para enemigos, el arraigo, el desconocimiento de la presunción de inocencia, no tener acceso a un traductor, son muchas de las faltas al debido proceso que nos permiten afirmar con toda seguridad que en México el sistema de justicia viola sistemáticamente los derechos humanos. Esto se complica si agregamos que este mismo sistema es usado deliberadamente para criminalizar y castigar a quienes exigen derechos, plantean demandas, solicitan al estado el cumplimiento de sus responsabilidades, se oponen a los abusos gubernamentales y empresariales.

Lo anterior es más grave si consideramos que la discriminación existente en la sociedad se reproduce en esas instancias. Actualmente conocemos el caso de Teresa González y Alberta Alcántara. En su proceso han estado presentes muchas de las irregularidades ya dichas. Se acrecienta su vulnerabilidad debido a que se reproduce contra ellas una triple discriminación, por su condición económica, étnica y de género, es decir, por ser pobres, indígenas, mujeres. Comparten en mucho la exclusión y la discriminación de las personas migrantes. Además se ha empleado contra ellas el sistema de justicia por exigir sus derechos, por oponerse a los abusos de la autoridad. ¿Qué delito han cometido los migrantes cuyos derechos son violados por las autoridades? Sólo han buscado condiciones en las que sea posible para ellos vivir con dignidad, es decir, buscan en otros países aquellos derechos que en los suyos fueron negados.

No son situaciones actuales. Las mismas prácticas nos remiten sin mayor esfuerzo a las detenciones y a la tortura realizada en otros tiempos contra quienes también exigían derechos y se organizaban para conquistarlos. Incluso nos remite a la vulnerabilidad en que se encuentran los propios defensores de migrantes, como el caso de Concepción Moreno, acusa de delitos a la ley general de población por dar de comer a migrantes en tránsito. El caso, litigado por el Centro Prodh, muestra de manera burda estas serías deficiencias del sistema de justicia.

Constatamos, en el siglo XXI, paradójico nombre también para una estación migratoria o centro de detención, que los derechos humanos siguen siendo negados a quienes en esta sociedad son excluidos. Una constante hay en los casos que he mencionado: se trata de personas pobres, personas que han sido marginadas por un sistema irracional basado en la lógica de la acumulación. Mientras esta situación persista los derechos humanos no podrán ser una realidad, ni en México ni en el mundo.

Menciono finalmente dos asuntos que completan y revelan los riesgos de la migración, la falta de garantías a sus derechos y de nuevo la falta de compromiso gubernamental.

El primero el secuestro de migrantes por la delincuencia organizada. La CNDH daba cifras alarmantes en un informe publicado el año pasado: casi diez mil secuestros en seis meses. Ninguno de ellos resuelto, como tampoco han sido resueltos los asesinatos que hoy son considerados como ajustes de cuentas entre narcotraficantes, como si eso justificara la inacción gubernamental. Los relatos proporcionados por quienes están cercanos a esta realidad son realmente indignantes.

Por otra parte, quienes tienden la mano a los migrantes, de manera personal u organizada, también viven con el riesgo de que ahí sí intervengan las autoridades para criminalizar su gesto humanitario. Comparten así estos defensores y defensoras la misma suerte de quienes hoy en México exigen, promueven y defienden los derechos humanos.

El contenido del informe, como el contenido de muchos de nuestros análisis, es desalentador. Sin embargo, detrás de este trabajo podemos y debemos rescatar la esperanza presente en quienes quieren seguir denunciando, documentando, investigando, promoviendo, defendiendo y realizando acciones que hagan posible construir condiciones para vivir con dignidad. Felicito al Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova por su empeño y por la profesionalidad con que han asumido su tarea de denuncia. Nos sumamos y tenemos la certeza de que sólo mediante nuestra participación activa será posible revertir la actual situación y transitar hacia una sociedad realmente democrática y justa.