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Reportero: Carlos Huerta

Miércoles, 26 de septiembre de 2012

 

El juez de Garantía, Apolinar Juárez Castro, le dio un plazo de 24 horas a la Fiscalía General del Estado para señalar un domicilio particular donde mantener arraigado a Israel Arzate Meléndez y que sea liberado de la Academia Estatal de Policía.

Ya transcurrieron más de 48 horas desde que se notificó por parte del magistrado José Luis Gómez Molina, del Tribunal Colegiado de Circuito la confirmación al amparo concedido a Israel Arzate, por el juez Noveno de Distrito, Carlos Carmona Gracia para que se arraigado en su domicilio y no se le ha dado cumplimiento.

Durante una audiencia de revisión de medidas cautelares celebrada ayer por la tarde, el juez Juárez Castro determinó que las condiciones del domicilio particular de Arzate Meléndez no son aptas para llevar a cabo el arraigo con la seguridad que se requiere.

Señaló que Arzate Meléndez deberá señalar otro domicilio diverso al suyo para arraigarlo con vigilancia las 24 horas o de lo contrario la Fiscalía de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales designará un lugar apropiado donde pueda estar comunicado con su familia.

El juez hizo hincapié al fiscal que de no dar cumplimiento de lo acordado, se harán acreedores a una multa de 100 salarios mínimos.

En la audiencia comparecieron algunos de los padres de la los jóvenes asesinados en Villas de Salvárcar, quienes expusieron al juez de Garantía la necesidad de que Israel Arzate sea arraigado en un lugar donde no corra el riesgos de sustraerse de la acción de la justicia.

Israel Arzate es el quinto acusado por la masacre de Villas de Salvárcar y ha permanecido arraigado en el edificio de la Academia desde que venció la prisión preventiva el 7 de febrero del 2011 y está en espera de ser llevado a juicio.

Los otros cuatro implicados, Aldo Favio Hernández Lozano, José Heriberto Martínez, Juan Alfredo Soto Arias y José Dolores Arroyo Chavarría, fueron sentenciados a 240 años de prisión.

El domingo pasado, la juez de Garantía Carmen Leticia Prieto Ruiz levantó la medida cautelar de Arzate Meléndez para que fuera trasladado y arraigado en su domicilio particular bajo vigilancia policial las 24 horas.

Sin embargo la Fiscalía de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales a través de un oficio firmado por la supervisora Diana Edith Torres y con tomas fotográficas tomadas por Ciro Andrés Loera Güereca, se negó a liberar a Arzarte Meléndez bajo el argumento de que la vivienda no reunía las condiciones de seguridad.

Ahora el juez de Garantía, Apolinar Juárez Castro, les concedió un plazo de 24 horas para señalar un domicilio particular y arraigar a Israel Arzate Meléndez y darle cumplimiento al amparo que le fue concedido por el juez Noveno de Distrito, Carlos Carmona Gracia.

El juez de Distrito, Carlos Carmona Gracia, en su resolución de amparo 61/2012-III con fecha 12 de abril del 2012, promovido por Israel Arzate Meléndez expone con claridad la ilegalidad de este centro de arraigos.

“Lo que se sustenta en ese tenor, ya que si por prisión se considera el establecimiento destinado por el Estado para la extinción de la pena consistente en privación de la libertad corporal es evidente que construir el edificio en cita –conocido como la Academia- la medida cautelar de arraigo impuesto al quejoso (Israel Arzate) implica prácticamente ubicar al arraigado en condiciones de privación de libertad, similares que en un centro de reinserción social”, dijo el juez, Carmona Gracia.

Si bien dicho edificio no constituye propiamente una prisión, al no estar destinado, ni tiene como finalidad el ingreso de personas imputadas por un delito, ello no quita que al imponerse ahí el arraigo, se desvirtúe dicha figura, ya que de facto la tornaría en una privación de la libertad, dijo.