• Considera Juez Federal que investigación interna de la PGR no fue exhaustiva ni congruente al no pronunciarse sobre diversas conductas ilícitas.
  •  Ordena sentencia nueva investigación que permitirá revisar todas las irregularidades cometidas en la investigación del caso.

Ciudad de México, 13 de enero de 2019. El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del juicio de amparo identificado bajo el número 195/2017, dejó sin efectos la resolución dictada por la Visitaduría General de la Procuraduría General de la República (PGR) que consideraba faltas leves las irregularidades cometidas por distintos funcionarios de la PGR durante la investigación del caso Ayotzinapa, exonerando en los hechos a diversos funcionarios.

En su sentencia, el Juez ordena que se emita una nueva resolución que sí sea exhaustiva pronunciándose entre otras cosas sobre la posible “trascendencia penal” de algunas de las conductas cometidas por servidores públicos de la Procuraduría.

Cabe recordar que después de que en abril de 2016 el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) diera a conocer graves irregularidades respecto de diligencias practicadas en el Río San Juan -donde, según se reportó, se hallaron los fragmentos óseos que a la postre se identificó pertenecían al normalista Alexander Mora Venancio-, la Visitaduría General de la PGR inició una investigación de control interno.

Esta investigación no llegó a buen puerto, pues el titular de la Visitaduría fue apartado de su puesto. Posteriormente, dicho funcionario, revelaría haber recibido presiones para disminuir el alcance de su resolución. En este contexto, la nueva titular de la Visitaduría auspició otra resolución que diluyó la responsabilidad de los funcionarios. Ante esta determinación, las familias de los normalistas presentaron una demanda de amparo indirecto aduciendo violados sus derechos a la verdad y al acceso a la justicia.

Es importante recordar que la propia Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) señaló en su momento que, a pesar de que en un inicio la investigación de la Visitaduría estaba siendo integrada con apego a los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos, se produjo un viraje “lamentable” que significaba una oportunidad perdida para efectivamente atender las serias violaciones cometidas en la investigación del caso Ayotzinapa.

Con estos antecedentes, el 12 de diciembre de 2018 se publicó la resolución que otorgó el amparo a las familias misma que les fue notificada en días recientes. Sentando un precedente positivo, la sentencia reconoce el interés jurídico de las víctimas indirectas en este tipo de procedimientos por su impacto en el derecho a la verdad. Asimismo, considera que la resolución de la Visitaduría no fue exhaustiva ni congruente y advierte que omitió pronunciarse sobre la trascendencia penal que pudieron llegar a tener las conductas documentadas dada su gravedad. En consecuencia, la Visitaduría General de la PGR deberá emitir una nueva resolución para subsanar las fallas y omisiones cometidas.

Para las y los familiares de los normalistas desaparecidos, esta sentencia representa una oportunidad para que la nueva Administración Federal revise integral y exhaustivamente las actuaciones de los funcionarios involucrados en la irregular investigación del Caso Ayotzinapa, sin ningún condicionamiento jurídico previo.

En este sentido, la sentencia llega en un momento oportuno, siendo inminente la instalación de la Comisión Presidencial para la Verdad y la Justicia en el caso Ayotzinapa, pues puede ser un elemento relevante para romper los pactos de impunidad que han impedido acceder a la verdad.

Contacto:
Narce Santibañez Alejandre
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez
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