Las reformas constitucionales de 2008 (que dispusieron la transición a un sistema penal acusatorio y oral) y de 2011 (que reformaron la figura del juicio de amparo e incorporaron los principios y obligaciones de los derechos humanos a la Constitución) constituyen en su conjunto una de las transformaciones más trascendentales en la normatividad e institucionalidad mexicanas del último siglo. Entendidas de manera integral, las tres reformas se complementan la una a la otra para ampliar la protección y garantía de los derechos de todas las personas en el país.

En los últimos años se han realizado diversos proyectos de monitoreo de la implementación y aplicación de la reforma en materia de justicia penal en particular, midiendo aspectos como la entrada en vigor de nuevos procedimientos penales, la cobertura geográfica, los cambios en los tiempos procesales de los casos, uso de medidas cautelares y las prácticas en materia de ejecución de la pena, entre muchos otros aspectos.

Hoy, estimamos que estamos en posibilidades de compartir una primera mirada a seis años de la reforma en derechos humanos, a nueve años de la reforma penal y a un año de la entrada en vigor de la misma en todo el territorio nacional. Conscientes de las limitaciones que todavía existen para acceder a un número de resoluciones bastante para documentar la evolución en el tiempo de las prácticas judiciales, consideramos no obstante que es importante acercar este primer aporte a los sectores directamente implicados en la aplicación de las reformas y a la sociedad en general.

Lo hacemos con el ánimo de abrir espacios de reflexión, para resaltar ejemplos de criterios positivos que pueden servir de guía a los demás actores y para advertir e impulsar la corrección desde este momento de criterios no compatibles con el nuevo marco constitucional, buscando evitar los riesgos de una mala aplicación de las reformas, desenlace que sería especialmente lamentable dada la crisis de derechos humanos que enfrenta México hoy en día.